Boletines/Tornquist
Decreto Nº 201/23
Tornquist, 03/02/2023
Visto y considerando
VISTO:
El Decreto Provincial 2980/00 y las disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales anexos al mismo y;
Y CONSIDERANDO:
Que el artículo 5º del Decreto Nº 2980/00 establece que la administración de los Recursos de los Municipios comprende al conjunto de sistemas, órganos, normas y procedimientos administrativos que hacen a la obtención y aplicación de los recursos financieros, así como la adquisición, administración y utilización de los recursos reales;
Que la administración financiera estará integrada por los Sistemas de Presupuesto, Contabilidad, tesorería, Crédito Público y Administración de Ingresos Públicos, en tanto que la administración de los recursos reales estará conformada por los Sistemas de Contrataciones, Administración de Bienes Físicos, Inversión Pública y Administración de Personal, los que deberá operar interrelacionados entre sí, cualquiera sea su distribución orgánica y dependencias jerárquicas en el Departamento Ejecutivo;
Que el proceso de implementación de los sistemas significa un cambio sustancial en el método de trabajo habitual, por lo cual dicha implementación se ha realizado en forma gradual, de manera tal que no sea un impedimento para lograr la eficacia y la eficiencia de la gestión pública;
Que cada uno de los sistemas citados estará a cargo de un agente que actuará en calidad de órgano rector, asumiendo la responsabilidad del dictado y la observancia del cumplimiento de las normas y procedimientos establecidos en las disposiciones del Decreto 2980/00, así como de la aplicación de los formularios cuyos modelos e instructivos se adjuntan como anexos a dicho Decreto;
Que cada una de las categorías que integran la estructura programática del Municipio, requiere de una unidad administrativa de suficiente jerarquía en la estructura orgánica que se responsabilice de la asignación de insumos, en términos reales y financieros, a fin de obtener los productos previstos;
Que a esta unidad administrativa, se la denomina “Unidad Ejecutora”, y por lo tanto, por cada categoría programática existirá una unidad ejecutora encargada de administrar el presupuesto en cada una de sus etapas: formulación, ejecución y evaluación;
Que quien posee la responsabilidad de la conducción de la (unidad ejecutora) encargada de ejecutar el programa, es quien dispone de la afectación en tiempo y forma de los créditos presupuestarios asignados al programa, por lo tanto, será encargado de formular la programación de la ejecución presupuestaria;
Que por la Ordenanza N°3589/22 se aprueba el Presupuesto General de Gastos y Recursos del Municipio de Tornquist correspondiente al ejercicio 2023;
Que mediante el Decreto N°10/20 se designa al Sr. Ezequiel Román Gabella como Secretario de Gobierno y Seguridad;
Que mediante el Decreto N°12/20 se designa a la Sra. Estefanía Bordoni como Secretaria de Hacienda;
Que mediante el Decreto N°34/22 se designa al Sr. Víctor Antón como Secretario de Producción, Comercio e Industria;
Que mediante el Decreto N°10/21 se designa al Sr. Gustavo Sandobal como Secretario de Turismo;
Que mediante el Decreto N°1.293/22 se designa a la Sra. Estefanía Bordoni como Secretaria de Desarrollo Interina;
Que mediante el Decreto N°25/22 se designa a la Sra. Noelia Alejandra Baier como Secretaria de Salud;
Que mediante el Decreto N°540/22 se designa al Ing. Agr. Bruno Leonel Páez como Secretario de Obras y Servicios Públicos;
Que los Secretarios y Secretarias del Departamento Ejecutivo han solicitado, con el fin de optimizar el cumplimiento de las responsabilidades administrativo-presupuestarias, que se autorice a actuar, en condición de tal, a los respectivos Subsecretarios/as;
Que mediante el Decreto N°541/22 se designa a la Sra. María Rosario Moroncini como Subsecretaria de Infraestructura y Planeamiento Urbano dependiente de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos;
Que mediante el Decreto N°105/22 se designa al Sr. Mariano Balbiano como Subsecretario Administrativo de Salud dependiente de la Secretaría de Salud;
Que mediante el Decreto N°797/22 se designa a la Ing. Eliana Arzer como Subsecretaria de Bromatología dependiente de la Secretaría de Salud;
Que mediante el Decreto N°982/22 se designa al Dr. Luciano Fontanes como Subsecretario de Zoonosis dependiente de la Secretaría de Salud;
Que mediante el Decreto N°365/22 se designa a la Lic. Sofía Lorena Urriaga como Subsecretaria de Deportes dependiente de la Secretaría de Desarrollo;
Que mediante el Decreto N°1241/21 se designa a la Prof. Daniela María Aguilar como Subsecretaria de Juventudes, Políticas de Género y Diversidades dependiente de la Secretaría de Desarrollo;
Que mediante el Decreto N°227/22 se designa a la Sra. Lucía Mariel Urriaga como Subsecretaria de Cultura dependiente de la Secretaría de Desarrollo;
Que mediante el Decreto N°14/20 se designa a la Sra. Cecilia Belén Ladigan como Subsecretaria de Desarrollo Social dependiente de la Secretaría de Desarrollo;
Que mediante el Acta N°1866/21 del Honorable Concejo Deliberante se designa a la Sra. Sandra Gabriela Kifer como Presidenta del cuerpo deliberativo;
Que es necesario efectuar el acto administrativo correspondiente;
Por ello, en uso de sus atribuciones,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO
D E C R E T A
ARTÍCULO 1°: Asígnese para el Ejercicio 2023 a la Secretaría de Hacienda la ============ Coordinación del Sistema de Administración Financiera. -------------
ARTICULO 2º.- Asígnese para el Ejercicio 2023 a cada Sistema los siguientes ============ responsables:
|
SISTEMA |
RESPONSABLE |
|
PRESUPUESTO |
Contador Municipal |
|
CONTABILIDAD |
Contador Municipal |
|
CONTRATACIONES |
Jefe de Compras |
|
TESORERÍA |
Tesorero Municipal |
|
INGRESOS PÚBLICOS |
Jefe de Recaudación |
ARTICULO 3°: Designase a los responsables de las Unidades Ejecutoras según ============ lo detallado a continuación:
|
Programas |
Unidad Ejecutora |
Denominación |
Responsables Unidad Ejecutora |
|
01 - Intendente Municipal |
2 |
Intendente |
Intendente Municipal |
|
01 - Administración Salud |
55 |
Secretaría de Salud |
Secretario de Salud y/o Subsecretario de Administración de Salud |
|
16 - Secretaría Médica |
59 |
Secretaria Medica |
|
|
19 - Bromatología |
32 |
Bromatología |
Secretario de Salud - Subsecretario de Bromatología y/o Subsecretario de Zoonosis |
|
16 - Producción |
15 |
Producción |
Secretario de Producción, Comercio e Industria |
|
17 - Comercio e Industria |
60 |
Comercio e Industria |
|
|
16 - Turismo |
40 |
Turismo |
Secretario de Turismo |
|
17 - Parque Provincial E.T |
43 |
Parque Provincial |
|
|
01 - Administración |
20 |
Serv.Pcos.-Dcción y Admin |
Secretario de Obras y Servicios Públicos y/o Subsecretario de Infraestructura y Planeamiento Urbano |
|
16.00 - Subsec. Servicios Urbanos |
23 |
CVP-SEU-Alumb-Cem-Res |
|
|
17 - Medioambiente |
56 |
Medioambiente |
|
|
18 - Arbolado |
28 |
Obras Públicas |
|
|
19 - Agua Potable |
24 |
Agua Potable |
|
|
25- Comisión Asesora Vial |
38 |
Comisión Asesora Vial |
|
|
01 - Agencia de Desarrollo |
39 |
Desarrollo Estratégico |
Secretario de Desarrollo |
|
16 - Dirección de Cultura |
62 |
Dirección de Cultura |
Secretario de Desarrollo - Subsecretario de Cultura |
|
19.00 - Subsec. Desarrollo Social |
17 |
Ds.Sc-H.Conv-Disc-Juv-Gua |
Secretario de Desarrollo - Subsecretario de Desarrollo Social y/o Subsecretario de Juventudes, Políticas de Género y Diversidades |
|
20 - Deportes |
35 |
Deportes |
Secretario de Desarrollo - Subsecretario de Deportes |
|
01 - Gobierno |
54 |
Secretaría de Gobierno |
Secretario de Gobierno y Seguridad |
|
16 - Seguridad |
54 |
Secretaría de Gobierno |
|
|
01 - Administración |
53 |
Secretaría de Hacienda |
Secretaria de Hacienda y/o Subsecretario de Hacienda |
|
17 - Comunicación |
57 |
Comunicación |
|
|
01 - Actividad Legislativa |
10 |
H.C.D. |
Presidente Honorable Concejo Deliberante |
ARTICULO 4°: En caso de licencia y/o renuncia que origine la vacancia en los ============ respectivos cargos, asígnese la responsabilidad a quien se designe para el interinato.
ARTICULO 5°: Autorizase a las dependencias municipales intervinientes a ============ realizar los procedimientos administrativos correspondientes para cumplimiento del presente decreto. ---------------------------------------------------------------
ARTICULO 6°: Notifíquese en formato digital a las dependencias municipales, ============ comuníquese, publíquese, regístrese y cumplido: ARCHIVESE.