Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº335

Decreto Nº 335

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 08/02/2023

VISTO el presente expediente, mediante el cual tramita el pago de la redeterminación de precios provisoria correspondiente a los Certificado Nº 1, 2, 3 y 4 de la obra “CONSTRUCCIÓN DE ALCANTARILLAS EN AVENIDA SAN MARTÍN Y LIBERTAD - INGENIERO WHITE" ejecutada por la empresa JS CONSTRUCCIONES S.R.L y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2  el Departamento Vialidad informa que se incorporan las planillas con análisis de precios redeterminados de los Certificados Nº 1, 2, 3 y 4, actualizados provisoriamente por dicho Departamento, según Decreto Municipal 1505/2020, donde se utilizan en forma provisoria los índices correspondientes al INDEC hasta la publicación de los indices a que se refiere el Decreto 2113/02, realizando posteriormente el ajuste de precios correspondientes; para la obra a cargo de la Empresa JS CONSTRUCCIONES S.R.L, cuya Fecha de Licitación: 19/05/2022, Fecha de Contrato:01/07/2022, Plazo de obra: 120 días, Fecha Inicio de Obra: 11/07/2022.

Que de la revisión de las redeterminaciónes de precios presentada por la empresa JS CONSTRUCCIONES S.R.L, surgen diferencias  en el calculo con las realizadas por el departamento técnico, ya que se observan diferencias en algunos indices del INDEC, como en el caso de la Mano de Obra en los meses de Julio y Septiembre y por otro lado, la empresa no utilizó la misma categoría para analizar el indice correspondiente al material de hormigón a lo largo de los meses en la que trascurre la obra. A su vez, la oficina Técnica  observó que afectaron los gastos financieros por el coeficiente del INDEC correspondiente a los gastos Generales, siendo que este es un porcentaje fijo del costo total de la obra y no corresponde afectarlo por ningún coeficiente. 

Que la empresa obtiene la diferencia a pagar restando el importe total redeterminado y el importe de la redeterminación del mes anterior, en lugar de sacar la diferencia con el mes de origen (Mayo) , ademas no utiliza la fórmula correspondiente al 10% del precio unitario de licitación más el 90% del precio unitario redeterminado, obteniendo así, el  precio unitario correcto.

Certificado Nº 1: (mes de ejecución:Julio 2022), se produce una variación de precios superior al 6% entre los precios unitarios presentados en la Licitación Mayo - 2022 y lo precios redeterminados al mes de medición de los trabajos pertenecientes al Certificado N° 1 (Julio - 2022), por lo cual corresponde actualizar el certificado, a los precios redeterminados al mes de Julio de 2022.

Del monto redeterminado se descontará un 30% por el Anticipo Financiero otorgado y al total, un 20% por el Decreto N° 1505/2020.

Monto redeterminado del CERTIFICADO N° 1 (PROVISORIO)  asciende a: $ 381.281,21 (Actualizado  a Julio -  2022). 
Descuento por Anticipo Financiero 30%: $ 114.384,36.                                                              Total: $ 266.896,85
Descuento por Decreto N° 1505/2020 20%: $ 53.379,37
Monto final a pagar Certificado N° 1 (PROVISORIO): $ 213.517,48.

Certificado Nº 2: (mes de ejecución: Septiembre 2022) Se produce una variación de precios superior al 6% entre los precios unitarios redeterminados al mes de ejecución de los trabajos pertenecientes al Certificado N° 1 (Julio 2022) y los correspondientes al mes de medición  de los trabajos pertenecientes al Certificado N° 2: Septiembre - 2022, por lo cual corresponde actualizar el certificado, a los precios redeterminados al mes de Septiembre de 2022.

Del monto redeterminado se descontará un 30% por el Anticipo Financiero otorgado y al total, un 20% por el Decreto N° 1505/2020.

Monto redeterminado del CERTIFICADO N° 2 (PROVISORIO)  asciende a: $ 1.831.997,56 .(Actualizado  a Septiembre -  2022). 
Descuento por Anticipo Financiero 30%: $ 549.599,27.                                                              Total: $ 1.282.398,30.
Descuento por Decreto N° 1505/2020 20%: $ 256.479,66.
Monto final a pagar Certificado N° 2 (PROVISORIO): $ 1.025.918,64.

Certificado Nº 3: (mes de ejecución: Octubre 2022) Se produce una variación de precios superior al 6% entre los precios unitarios redeterminados al mes de ejecución de los trabajos pertenecientes al Certificado N° 2 (Septiembre 2022) y los correspondientes al mes de medición  de los trabajos pertenecientes al Certificado N° 3: Octubre - 2022, por lo cual corresponde actualizar el certificado, a los precios redeterminados al mes de Octubre de 2022.

Del monto redeterminado se descontará un 30% por el Anticipo Financiero otorgado y al total, un 20% por el Decreto N° 1505/2020.

Monto redeterminado del CERTIFICADO N° 3 (PROVISORIO)  asciende a: $ 1.783.179,48 (Actualizado  a Octubre -  2022). 
Descuento por Anticipo Financiero 30%: $ 534.953,84.                                                              Total: $ 1.248.225,63.
Descuento por Decreto N° 1505/2020 20%: $ 249.645,13.
Monto final a pagar Certificado N° 3 (PROVISORIO): $ 998.580,51.

Certificado Nº 4: (mes de ejecución: Noviembre 2022) Se produce una variación de precios superior al 6% entre los precios unitarios redeterminados al mes de ejecución de los trabajos pertenecientes al Certificado N° 3 (Octubre 2022) y los correspondientes al mes de medición  de los trabajos pertenecientes al Certificado N° 4: Noviembre - 2022, por lo cual corresponde actualizar el certificado, a los precios redeterminados al mes de Noviembre de 2022.

Del monto redeterminado se descontará un 30% por el Anticipo Financiero otorgado y al total, un 20% por el Decreto N° 1505/2020.

Monto redeterminado del CERTIFICADO N° 4 (PROVISORIO)  asciende a: $ 1.020.128,58 (Actualizado  a Noviembre -  2022). 
Descuento por Anticipo Financiero 30%: $ 306.038,57.                                                              Total: $ 714.090,01.
Descuento por Decreto N° 1505/2020 20%: $ 142.818.
Monto final a pagar Certificado N° 4 (PROVISORIO): $ 571.272,01.

 

Que por lo tanto, el importe total a pagar por los Certificados N° 1, 2, 3 y 4 Provisorios, es de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS NUEVE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON SESENTA Y CUATRO CENTAVOS ($2.809.288,64).

Que a fojas 67 el informe de la asesora letrada de esta Secretaría manifiesta que no hay impedimento legal alguno para la aprobación del pedido de redeterminación, por lo cual el mismo debe prosperar en los términos y condiciones establecido por los articulo 11 y 21 del anexo correspondiente al Decreto 1505/2020, prestando conformidad a la redeterminación provisoria de los índices publicados por el INDEC.

Por lo expuesto, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en el presente expediente, de los que surge que corresponde aprobar la redeterminación de precios provisoria correspondiente a los certificados N° 1, 2, 3 y 4 , el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

- D E C R E T A -

ARTÍCULO 1º: Aprúebase la redeterminación de precios provisoria presentada por la empresa JS CONSTRUCCIONES S.R.L, por los Certificados Nº 1, 2, 3 y 4 de la obra “CONSTRUCCIÓN DE ALCANTARILLAS EN AVENIDA SAN MARTÍN Y LIBERTAD - INGENIERO WHITE", resultando la suma a abonar de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS NUEVE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON SESENTA Y CUATRO CENTAVOS ($2.809.288,64) en un todo de acuerdo con los considerandos y antecedentes obrantes en el Expte. 417R-669-2023.-

ARTÍCULO 2°: La redeterminación aprobada en el articulo 1° tiene carácter provisorio y es a cuenta de lo que en más o en menos resulte de la redeterminación definitiva dispuesta según Decreto 2113/02.-

ARTÍCULO 3º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 131, Jurisdicción 1110105000, Cat. Progr. 51.75.00, Gasto 4.2.2.0 del Presupuesto de Gastos vigente. El pago de la presente redeterminación se realizará por expedientillo.-

ARTÍCULO 4°: Refrende el presente decreto el Sr. Secretario de Economía, de acuerdo a lo establecido en el Decreto 1505/20,  Art. 14º Anexo I.-

ARTÍCULO 5º: Cúmplase; dése al RO.; notifíquese a la firma JS CONSTRUCCIONES S.R.L, por intermedio del Departamento Vialidad; tome conocimiento el citado Departamento y pase al Departamento Compras. Cumplido ARCHÍVESE.-