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Decreto Nº2201-22

Decreto Nº 2201-22

Lobería, 21/12/2022

AUTORÍZASE a realizarse una RIFA.

Visto

Lo dispuesto en los artículos 107 y l08 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ordenanza Municipal Nº 092/84 y sus modificatorias, la nota Nº 20.959/22; y

Considerando

QUE, por nota registrada con el Nº 20.959/22, la “ASOCIACIÓN CIVIL AMIGOS DE BOMBEROS DEL PARTIDO DE LOBERÍA”, Entidad de Bien Público registrada bajo el Nº 278 tipo "A", solicita autorización para poner en circulación una Rifa;

QUE, de acuerdo a lo informado por la Asesoría Letrada, dicha entidad ha cumplimentado los requisitos determinados por la Ordenanza Nº 092/84 y sus modificatorias, por lo que es procedente otorgar la autorización solicitada;          

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en ejercicio de sus atribuciones, dicta el siguiente:

D E C R E T O

                 

ARTÍCULO 1.- AUTORÍZASE a la "ASOCIACIÓN AMIGOS DE BOMBEROS DEL PARTIDO DE LOBERÍA”, Entidad inscripta bajo el Nº 278 Tipo “A” del Registro Municipal de Entidades de Bien Público, a poner en circulación a partir de enero de 2023 y hasta veinticuatro (24) horas antes del Sorteo Final que se realizará el 28 de octubre de 2023, a realizarse por lotería nocturna de la Provincia de Buenos Aires Nocturna, una RIFA denominada “GRAN CAMPAÑA ANUAL 2023”, encuadrada en lo prescripto por la Ordenanza    Nº 092/84 y sus modificatorias.

ARTÍCULO 2.- El billete a circular se ajustará a lo determinado por la mencionada Ordenanza y en el mismo deberá constar:

a) Denominación de la Entidad y domicilio.

b) Leyenda: Rifa con autorización de la Municipalidad de Lobería.

c) Fecha y número del Decreto Municipal autorizante y numeración de las boletas.

d) Los premios a sortear son:

SORTEO FINAL:

EL 28 DE OCTUBRE DE 2023

PRIMER PREMIO: Una orden de compras por la suma de Pesos Un Millón ($1.000.000.-)

SEGUNDO PREMIO: Una orden de compras por la suma de Pesos Trescientos Cincuenta Mil ($ 350.000.-)

TERCER PREMIO: Una orden de compras por la suma de Pesos Doscientos Veintidós Mil ($ 222.000.-)

SORTEO ESPECIAL POR PAGO AL CONTADO:

Se realizará un sorteo el 29 de julio de 2023 una orden de compra por la suma de Pesos Doscientos Mil ($ 200.000.-)

SORTEOS MENSUALES:

Se llevarán a cabo sorteos mensuales de Marzo, Abril, Mayo, Junio, Agosto y Septiembre de 2023 y Enero, Febrero, Abril y Mayo de 2022, con los siguientes premios cada uno:

PRIMER PREMIO: Una orden de compras por la suma de Pesos Veinte Mil ($ 20.000.-)

SEGUNDO PREMIO: Una orden de compras por la suma de Pesos Diez Mil ($ 10.000.-)

TERCER PREMIO: Una orden de compras por la suma de Pesos Ocho Mil ($ 8.000.-)

e) Se pondrán en circulación Un Mil (1000) billetes con un (1) número cada boleta. Con un valor  de PESOS OCHO MIL ($ 8.000.-) cada una, pudiendo ser abonadas al contado o en ocho (8) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de PESOS MIL ($ 1.000.-) cada una.

f) Transcripción de los artículos 13 y 14 de la Ordenanza Municipal Nº 092/84.

g) Firma hológrafa del Presidente, Secretario y Tesorero, que podrán ser facsimilares.

ARTÍCULO 3.- La presente autorización queda supeditada al cumplimiento de la presentación de todos los talonarios ante la División de Inspección General de la Comuna, antes de su puesta en venta, a los efectos de su verificación y sellado.

ARTÍCULO 4.- Comuníquese a la Entidad solicitante, Dirección de Seguridad e Inspección General, Asesoría Letrada, Comisaría de Policía y Honorable Concejo Deliberan­te, dése al registro de Decretos, cumplido, ARCHÍVESE.

PABLO J. BARRENA                                                   JUAN JOSÉ FIORAMONTI

SECRETARIO DE GOBIERNO                                     INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETO Nº 2.201-22