Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 298/23
Mar Chiquita, 14/02/2023
Visto
El expediente N° 116/18 y las presentaciones del Sr. Facundo Neves, y;
Considerando
Que por medio de la presentación mencionada el Sr. Neves, solicita al Sr. Intendente Municipal, la reducción y que se le otorguen 48 cuotas para el pago de la sanción impuesta mediante la Resolución Nº 342/22, de fecha 03 de Octubre de 2022, dictada por el Juez de Faltas Municipal en el Marco de las actuaciones ut supra referenciadas;
Que, funda su pedido en su incapacidad económica para afrontar las sanciones impuestas;
Que, conforme lo dispuesto en el Código Contravencional vigente -Ordenanza Municipal Nro. 88/22-, el titular del Departamento Ejecutivo, se encuentra facultado para determinar una sanción menor o eximir la multa, a petición de parte;
Que en caso de referencia las sanciones han sido impuestas, conforme surge del informe agregado a fs. 57, por infracciones al límite de viviendas permitido, no respetar las medidas reglamentarias, e invadir retiros, siendo la sanción en algunos casos valores fijos y en otros variables observándose que, en los casos variables, como por ejemplo el Art. 71 inc. h, ha sido aplicado el mínimo correspondiente a la escala;
Que no se encuentran configurados supuestos que permitan la reducción y/o eximición de las multas atento ser el cumplimiento de las normas infraccionadas de especial importancia, y no tratarse de una vivienda única familiar;
Que respecto a las cuotas solicitadas excediendo las mismas el periodo fiscal vigente/ el mandato del firmante, no corresponde hacer lugar al pedido;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,
D E C R E T A
ARTICULO 1º: RECHACESE, el pedido realizado por el Sr. Facundo Neves, conforme los considerandos del presente. -
ARTICULO 2º: El presenta decreto será refrendado por el Secretario General Arquitecto Walter Wischnivetzky. -
ARTICULO 3º: NOTIFIQUESE, a los interesados en legal forma, comuníquese a quienes demás corresponda y dese al Registro Oficial. -