Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 283/23
Mar Chiquita, 10/02/2023
Visto
La necesidad de proceder a designar Personal Guardavidas para cubrir los francos y/o suplencias en el Operativo de Seguridad en Playas Temporada Estival 2022-2023; y
Considerando
Que la Ley N° 14.798 establece que corresponde a los Guardavidas un Franco semanal;
Que, habiéndose designado los guardavidas correspondientes por ley, restan otros que habiendo aprobado el examen no pudieron ingresar;
Que es voluntad del Departamento Ejecutivo cubrir los francos con quienes no obtuvieron el puesto de trabajo;
POR ELLO;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,
D E C R E T A
ARTICULO 1º: APRUEBESE, el siguiente listado de guardavidas para cubrir francos y/o suplencias en el OPERATIVO DE SEGURIDAD EN PLAYAS, a partir del día de la fecha y hasta el día 28 de febrero de 2023 inclusive, a los siguientes agentes:
NOMBRE Y APELLIDO |
DOMICILIO |
CUIL |
FECHA NACIMIENTO |
LEG. |
SANCHEZ NADIA |
AV. ALVAREZ JONTE N° 1486 1E CAPITAL |
27-33944863-4 |
09/09/1988 |
4104 |
ALVAREZ MATIAS |
AV. VALPARAISO N° 470. STA CLARA DEL MAR |
20-29542429-0 |
15/05/1982 |
4022 |
ARTICULO 2º: ORGANIZASE, por medio de la Secretaría de Turismo y Cultura a forma de cubrir los francos dispuestos ley. - Para ello, deberá establecerse un cronograma tal que permita a los Guardavidas Titulares gozar de su derecho al descanso semanal. -
ARTICULO 3º: ABONESE, por cada día trabajado a los agentes indicados en el Artículo 1° el valor de la jornada correspondiente al salario para el Grupo Ocupacional Guardavidas Categoría IV, previa certificación del Jefe del Operativo de Seguridad en Playa dependiente de la Secretaría de Turismo y Cultura.-
ARTICULO 4º: El gasto ordenado en el Artículo 1º será imputado a la Jurisdicción 1110130000 – Unidad Ejecutora 03 – Categoría Programática 22.00.00 Seguridad en Playas – Fuente de Financiamiento 131 Origen Municipal – Afectación 12.9.06.00.-
ARTICULO 5º: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Turismo y Cultura Sr. Germán G. Montes. --
ARTICULO 6º: NOTIFIQUESE, a los interesados en legal tiempo y forma, comuníquese a quienes demás corresponda y dése al Registro Oficial. -