Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 036/23
Mar Chiquita, 06/01/2023
Visto
La comunicación cursada por el Honorable Concejo Deliberante por la que se pone en conocimiento del Departamento Ejecutivo la sanción de la Ordenanza Nº 149/2022; y
Considerando
Que dicha Ordenanza fue comunicada al D.E. con fecha 06/01/2023;
Que por la misma se condona la deuda que mantiene la Asociación de Fomento del Balneario Parque Mar Chiquita, por el inmueble con nomenclatura catastral IV – K – 38 – 14, Cta Municipal N° 12909/00;
Que de conformidad a lo establecido en el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del D.E. la promulgación de Ordenanzas;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,
D E C R E T A
ARTICULO 1°: PROMULGUESE, la Ordenanza Municipal N° 149/2022, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 27/12/2022, cuya copia, como anexo, forman parte del presente Decreto. -
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario General Arq. Walter Wischnivetzky. -
ARTICULO 3º: COMUNIQUESE, a quienes corresponda y dése al Registro Oficial. -
VISTO
La ley orgánica de las municipalidades;
La nota presentada por el presidente de la Asociación de Fomento Mar Chiquita sobre condonación de deuda de la institución y;
CONSIDERANDO
Que es una entidad intermedia sin fines de lucro que trabaja para la comunidad articulando con el Estado municipal;
Que la misma se sostiene con un mínimo subsidio mensual brindado por el municipio para gastos básicos de mantenimiento, además del aporte que hacen sus socios a través de una cuota social;
Que desde el año 2016 hasta el 2019, hubo irregularidades institucionales que se lograron ordenar, sin embargo la deuda de tasas municipales se incrementó notablemente;
Que la deuda acumulada por dichas tasas le resulta muy difícil poder afrontarlo, por lo que se realizó la solicitud al Honorable Concejo Deliberante;
POR ELLO;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE MAR CHIQUITA EN USO DE FACULTADES QUE LE SON PROPIAS SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1°: CONDONESE el monto adeudado a la Asociación de Fomento Mar Chiquita, denominada catastralmente como Circ. IV-Sección K- Manzana 38- Parcela 14, número de cuenta 1290900, acorde a los vistos y considerandos de la presente. -
ARTICULO 2°: COMUNÍQUESE al departamento ejecutivo a sus efectos, regístrese y cumplido archívese. -
ORDENANZA N° 149.
DADA EN EL RECINTO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAR CHIQUITA A LOS 27 DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023.