Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 001/23
Mar Chiquita, 02/01/2023
Visto
El Decreto Nº 2980/00 reglamentario la Reforma Administrativa y Financiera en el Ámbito Municipal; Por el cual se aplica la metodología del Presupuesto por categoría programática lo cual implica la asignación de recursos financieros a cada una de las categorías programáticas del presupuesto (programa, proyecto, actividad y obra); y
Considerando
Que el artículo 5º del Decreto Nº 2980/00 establece que la administración de los Recursos de los Municipios comprende al conjunto de sistemas, órganos, normas y procedimientos administrativos que hacen a la obtención y aplicación de los recursos financieros, así como la adquisición, administración y utilización de los recursos reales;
Que la administración financiera estará integrada por los Sistemas de Presupuesto, Contabilidad, tesorería, Crédito Público y Administración de Ingresos Públicos, en tanto que la administración de los recursos reales estará conformada por los Sistemas de Contrataciones, Administración de Bienes Físicos, Inversión Pública y Administración de Personal, los que deberá operar interrelacionados entre sí, cualquiera sea su distribución orgánica y dependencias jerárquicas en el Departamento Ejecutivo;
Que cada una de las categorías que integran la estructura programática del Municipio, requiere de una unidad administrativa de suficiente jerarquía en la estructura orgánica que se responsabilice de la asignación de insumos, en términos reales y financieros, a fin de obtener los productos previstos;
Que, a esta unidad administrativa, se la denomina “Unidad Ejecutora”, y, por lo tanto, por cada categoría programática existirá una unidad ejecutora encargada de administrar el presupuesto en cada una de sus etapas: formulación, ejecución y evaluación;
Que quien posee la responsabilidad de la conducción de la unidad ejecutora encargada de ejecutar el programa, es quien dispone de la afectación en tiempo y forma de los créditos presupuestarios asignados al programa, por lo tanto, será encargado de formular la programación de la ejecución presupuestaria;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,
D E C R E T A
ARTICULO 1º.- ASÍGNESE a cada una de las categorías programáticas las Unidades Ejecutoras y sus respectivos Responsables para el Ejercicio 2023 según se detalla en la planilla anexa al presente. –
ARTICULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el Secretario de Economía (Int), Pigliacampo Marcelo Ariel y el Secretario General Arq. Walter Mariano Wischnivetzky.-
ARTICULO 3º.- COMUNIQUESE, a quienes demás corresponda y dese al Registro Oficial.-
Anexo I
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