Boletines/General Villegas
Resolución Nº 523/22
Publicado en versión extractada
General Villegas, 27/07/2022
VISTO:
El Expediente Nº 7240/06, correspondiente a la habilitación de un comercio, perteneciente al señor Luis Ángel Olegario Marello, dedicado a la explotación del rubro “Venta de artefactos eléctricos - Venta de prendas de vestir, accesorios y calzados”, con fecha de alta 5 de mayo de 1980, registrado como Contribuyente Nº 4034; y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente Nº 7239/06 Alcance 5, agregado a fojas 52, el recurrente comunica la baja de la actividad comercial, presentada en Mesa de Entradas el día 17 de noviembre de 2021, cumplimentando así con la legislación vigente.
Que mediante Acta de Constatación Nº 10234, realizada el 03 de enero de 2022, se verificó que el comercio ha dejado de funcionar como tal (fojas 54).
Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 59, informando que el contribuyente no registra deuda.
Que a fojas 61, la Oficina de Catastro aporta los datos del inmueble donde funcionó el comercio.
Que según las constancias obrantes en el Expediente, se cumplimenta con lo establecido en la Ordenanza Nº 3666, Capítulo VIII, Artículos Decimotercero y Decimocuarto.
Que a fojas 65 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la baja a partir del día 17 de noviembre de 2021, del comercio perteneciente al señor LUIS ANGEL OLEGARIO MARELLO, LE N° 5.053.375, Contribuyente Nº 4034, habilitado con los rubros “VENTA DE ARTEFACTOS ELECTRICOS - VENTA DE PRENDAS DE VESTIR, ACCESORIOS Y CALZADOS”, denominación comercial “MARELLO HOGAR”, Codificadores de Rentas Nº 62200-02, 62200-04 y 62900-20, Cliente N° 204 - Usuario N° 398 - 2 - Servicios Generales (T1G 27), con domicilio comercial en calle Carlos Saavedra Lamas N° 039 de la localidad de Cañada Seca, en el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción XIII, Sección A, Manzana 16, Parcela 7b, contando con un (1) empleado en relación de dependencia; atento a lo establecido por la legislación vigente, y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 7240/06.
ARTÍCULO SEGUNDO: Deléguese en la Secretaría de Comercio, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.
ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, Departamento Centro de Cómputos y Procesamiento de la Recaudación; cúmplase y archívese.