Boletines/Guaminí
Ordenanza Nº 35
Guaminí, 15/09/2022
VISTO:
La disposición 110/20 de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina el 18 de marzo de 2020 y;
CONSIDERANDO:
Que mediante esta norma la ANSV dispuso que el símbolo de Estrellas Amarillas forme parte de las señales viales en los exámenes teóricos para obtener o renovar la licencia de conducir: y que, a partir de esta decisión desde el 1 de abril de 2020, todos los centros emisores deben incorporar el símbolo de las Estrellas Amarillas a las señales viales en los manuales de estudio del curso teórico de educación vial;
Que, de esta manera, la Estrella Amarilla que se coloca en las rutas y calles del país se convierte en emblema de atención y memoria de las víctimas de siniestros viales.
Que estos carteles se instalan en los lugares donde ocurrió un siniestro vial que ocasionó uno o varios fallecimientos
Que las cinco puntas de las estrellas representan los valores de memoria, prevención, ley, justicia y educación.
Que la inclusión del nombre de la o las víctimas en esta nueva señal vial es voluntad de sus familiares
Que la educación y la memoria constituyen las principales herramientas para trabajar en la prevención de siniestralidad vial, generando hábitos de protección y cuidados de la propia vida, e involucrando el respeto por el prójimo a su derecho a existir y a su integridad física
Que, en tal sentido, el Honorable Concejo Deliberante de Guaminí estima oportuno y necesario incorporar el símbolo característico de la Estrella Amarilla como material de estudio y de examen obligatorio para la obtención o renovación de la Licencia Nacional de conducir otorgadas por el Municipio
Que el Artículo 27 del Decreto Ley N°6769/58 (texto según Decreto-Ley 9.117/78 en su inciso 18) establece que: “corresponde a la función deliberativa municipal: El tránsito de personas y de vehículos públicos y privados en las calles y caminos de jurisdicción municipal, atendiendo, en especial a los conceptos de educación, prevención, ordenamiento y seguridad, así como en particular, lo relativo a la circulación, estacionamiento, operaciones de cargas y descargas, señalización, remoción de obstáculos y condiciones de funcionamiento de los vehículos, por medio de normas concordantes con las establecidas por el Código de Tránsito de la Provincia.
ORDENANZA
Art. 1°- : Incorpórese elsímbolo de la Fundación “Estrellas Amarillas” como material de estudio obligatorio, dentro del examen teórico previo a la obtención de la Licencia Nacional de Conducir que expide el Municipio.-
Art. 2°- : Autorícese al Departamento Ejecutivo a pintar estrellas amarillas sobre el asfalto o en carteles verticales para el caso de calles no pavimentadas en memoria de víctimas fatales por siniestros viales. Respetando la voluntad de los familiares para la ubicación de los símbolos y a los fines de ejercer una toma de conciencia ante la visualización de las señales en todo el Distrito de Guaminí.-
Art. 3°- : La Estrella Amarilla será colocada a requerimiento de los familiares de la víctima que posean primer y/o segundo grado de parentesco. El cual deberá ser acreditado previamente en la Secretaría de Obras Públicas.-
Art. 4°- : El tamaño de las estrellas será entre un (1) metro y un (1) metro veinte (20) de acuerdo al espacio del pavimento. Respecto al cartel vertical en calles no pavimentadas deberá respetar las medidas de la señalización preventiva vial, colocándose de manera que no obstruya la visibilidad de otras señales viales que estén en el lugar. Las estrellas se pintarán con pintura de demarcación vial acrílica en frío de color amarilla y, en letras negras, nombre de la víctima y fecha del suceso vial.-
Art. 5°- : Los gastos que demande la presente ordenanza serán imputados a la partida que el Departamento Ejecutivo estime corresponder.-
Art. 6°- : Comuníquese al Departamento Ejecutivo, Fundación Estrellas Amarillas, publíquese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GUAMINÍ A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDOS