Boletines/Carlos Tejedor

Decreto Nº4368/22

Decreto Nº 4368/22

Carlos Tejedor, 27/12/2022

Visto

La causa Judicial en la que resulta demandada la Municipalidad de Carlos Tejedor en autos caratulados “FERNANDEZ, CARMEN L. C/ ACOSTA ADOLFO J. Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS” (Expte. 28158), en trámite por ante el Juzgado en lo Civil y Comercial nº 2 de Trenque Lauquen; y;

Considerando

Que, en la misma la Sra. Carmen L. Fernández en representación de su hijo menor Juan Pablo Fernández promovió demanda por daños y perjuicios contra la Municipalidad de Carlos Tejedor y otros co-demandados, solicitando el resarcimiento de daños producidos por las lesiones en un accidente cuando su hijo era menor de edad.

Que, se dictó sentencia en los autos mencionados haciendo lugar a la demanda interpuesta y reconociendo el derecho de la actora al cobro de una indemnización.

Que, la Municipalidad fue condenada solidariamente al pago de dicha indemnización y de las costas del proceso.

Que, conforme surge de autos, en fecha 6-6-2022 se procedió a abonar la liquidación aprobada sobre el monto de condena dándose en pago dicha suma, la que fue percibida por el actor.

Que en fecha 11/08/2022 la parte actora solic ito a V.S. actualización de intereses devengados desde la fecha en que se realizó la liquidación hasta el día del efectivo pago.

 

 

 

Que por su parte, en fecha 31/08/22 el Sr. Apoderado Municipal impugno dicha liquidación y presento nueva liquidación ajustada a derecho.

Que en consecuencia el Sr. Juez Interviniente procedió a resolver sobre dicho asunto aprobando en definitiva que el monto de la actualización de los intereses por liquidación aprobada asciende a PESOS UN MILLON SETECIENTOS TREINTA Y TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 43/100 CENTAVOS ($ 1.733.239,43.-).

Que en fecha 26-12-2022 se intima al Municipio para que en el plazo de cinco días pague la suma precedentemente descripta ($1.733.239,43.-) bajo apercibimiento de ejecución. Siendo notificada electrónicamente en el mismo día al Sr. Apoderado Municipal.

Que las Municipalidades deben estarse a las resueltas de las Sentencias Judiciales, acatarlas y cumplirlas eficazmente.

Por ello:

 

LA INTENDENTA MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones-

 

D E C R E T A:

ARTICULO 1º.-  Abónense la actualización de intereses resuelta mediante sentencia interlocutoria de fecha 26-12-2022 en los autos “FERNANDEZ, CARMEN L. C/ ACOSTA ADOLFO J. Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS” (Expte. 28158), en la suma de PESOS UN MILLON SETECIENTOS TREINTA Y TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 43/100 CENTAVOS ($ 1.733.239,43.-) a favor del actor.

 

ARTICULO 2º.-   La suma de pesos descripta en el artículo primero deberá depositarse en la Cuenta Judicial en pesos del banco de la Provincia de Buenos Aires abierta en los autos “FERNANDEZ, CARMEN L. C/

 

 

 

ACOSTA ADOLFO J. Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS” (Expte. 28158).

 

ARTICULO 3º.-   Cumplido, procédase a dar en pago al beneficiario el total del monto de la actualización de intereses del monto de condena de la sentencia de autos aprobada conforme su sentencia interlocutoria conforme se explicitara en los considerandos precedentes.

 

ARTICULO 4°.- Cúmplase, regístrese, comuníquese.