Boletines/Mercedes

Decreto Nº87/2023

Decreto Nº 87/2023

Mercedes, 12/01/2023

Visto

La necesidad de regularizar el dominio de las tierras del Partido de Mercedes (B) por lo que se ha conformado expediente administrativo N° 4075-781 del año 2021 caratulado “Dirección de Tierras y Hábitat – Prescripción Administrativa de la Ley 24.320 – Partida 29686”, y:

Considerando

Que la Municipalidad de Mercedes (B) celebró con el poseedor del inmueble identificado con Nomenclatura Catastral: Circ. II, Secc. B, Ch. 111, Mz. 111 V, Parcela 20, Sr. FERRERA, Rubén Alberto con D.N.I. Nº 8.528.667, aprobado por plano Nº 71-101-82, un Convenio de Cesión y Transferencia de Derechos Posesorios con Cargo para la Regularización Dominial de Tierra el día 17 de enero de 2022;

 Que a los efectos de dar suficiente publicidad de lo acordado se publicaron edictos en el Boletín Oficial el día 2 de noviembre de 2022 y en el Diario Local Actualidad de Mercedes, los días 3, 4 y 8 del año 2022, sin resultar oposición alguna. Siendo que con todas las actuaciones y por anexión de posesiones, se logra contar con un ejercicio de la posesión pacífica por más de 20 años del inmueble identificado de la siguiente manera, a saber: Nomenclatura Catastral: Circ. II, Secc. B, Ch. 111, Mz. 111 V, Parcela 20, Partida Inmobiliaria Nº 29.686, haciendo fe de lo expuesto a través de la documental acompañada por la parte cedente, que acredita la posesión transmitida;

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias;

DECRETA:

ARTÍCULO 1°: Declárase operada la prescripción adquisitiva sobre el lote designado según plano de mensura N° 71-101-82 cuyos datos catastrales surgen en tal plano aprobado por la Dirección de Geodesia, a saber: Partida Inmobiliaria Nº 29.686 Nomenclatura Catastral: Circ. II, Secc. B, Ch. 111, Mz. 111 V, Parcela 20 con las siguientes medidas: al N 11,30 metros linderos con calle 14, al E 18,45 metros linderos con parcela 1, al S 11,30 metros linderos con parcela 2 y al O 18,90 metros lindando con parcela 19.

ARTICULO 2°: Requiérase la intervención de Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a los fines de la registración a favor de la Municipalidad de Mercedes y la cancelación de las actuales inscripciones que constan: (Partida Inmobiliaria N° 29.686. Nomenclatura Catastral: Circ. II, Secc. B, Ch. 11, Mz. 111 V, Parcela 20). Matrícula Nº 15.481.-

ARTICULO 3°: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Economía y Hacienda de esta Municipalidad.-

ARTICULO 4°: Comuníquese, publíquese, regístrese en el Libro de Decretos, pase a Escribanía General de Gobierno y Catastro a sus efectos, cúmplase y oportunamente archívese.