Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 247
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 31/01/2023
Decreto 247/2023
Visto estos actuados por los que tramita el llamado a Licitación Pública Nº 417R-7653-2022 para la ejecución de la obra: "PAVIMENTACIÓN DE AVENIDA DASSO PARA SU VINCULACIÓN CON RUTA Nº3", a realizarse mediante sistema de contratación unidad de medida, con precio tope, redeterminación de precios y con un anticipo financiero del 20%, y,
CONSIDERANDO:
Que con fecha 13 de Enero de 2023 se realizó el acto licitatorio, en el cual se presentaron dos empresas, la primer propuesta correspondiente a la empresa INGENIERÍA Y ARQUITECTURA S.R.L., que cotizó por una suma de PESOS TREINTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL OCHENTA Y SIETE CON OCHO CENTAVOS ($35.268.087,08), con un aumento del 4.81% respecto al Presupuesto Oficial, quien no cumplió con las condiciones del llamado a licitación pública superando el precio tope fijado para la obra de referencia según art.) 2º de las Especificaciones Legales Particulares, por ello se considera no válida y la segunda propuesta realizada por la empresa Ing. JOSE MARIA POGGIO S.R.L., que cotiza por una suma total de PESOS TREINTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS CATORCE MIL SETENTA Y SEIS CON CUATRO CENTAVOS ($33.614.076,04), con una rebaja del 0.11% con respecto al Presupuesto Oficial y cumpliendo con toda la documentación exigida en el Pliego de Bases y Condiciones.
Que los Departamentos Vialidad y Registro de Licitadores y Obras por Consorcios a fojas 338 informan que la empresa Ing. JOSE MARIA POGGIO S.R.L. cumple con la documentación exigida en el Pliego de Bases y Condiciones, siendo la misma conveniente a los intereses de la Municipalidad.
Que a fs. 338 vta.., el Departamento Registro de Licitadores y Obras por Consorcio y el Departamento Compras, respectivamente, no formulan observaciones.
Que debido a que se trata de una oferta única, y de acuerdo al artículo 155º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, debe solicitarse autorización al Honorable Concejo Deliberante para proceder a su adjudicación.-
Que mediante Ordenanza Nº 21.034 Decreto de promulgación Nº 246/2023 se acepta la única oferta presentada.
Que en consecuencia, con el fin de permitir a la empresa Ing. JOSE MARIA POGGIO S.R.L. dar comienzo a la obra, motivo de estos actuados, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
DECRETA
ARTICULO 1º: Adjudícase a la empresa Ing. JOSE MARIA POGGIO S.R.L. la ejecución de la obra: "PAVIMENTACIÓN DE AVENIDA DASSO PARA SU VINCULACIÓN CON RUTA Nº3, por un monto de PESOS TREINTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS CATORCE MIL SETENTA Y SEIS CON CUATRO CENTAVOS ($33.614.076,04), a realizarse por sistema UNIDAD DE MEDIDA, CON PRECIO TOPE, REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Y UN ANTICIPO FINANCIERO DEL 20%, de acuerdo a lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones y demás antecedentes obrantes en el expediente 417R-7653-2022 .-
ARTÍCULO 2º: El gasto originado por esta obra deberá imputarse a la Fuente 140, Jurisdicción 1110105000, Cat. Prog. 51.80.00, Gasto 4.2.2.0, del Presupuesto de Gastos Vigente.-
ARTICULO 3º: Hágase saber a la empresa adjudicataria que, dentro de los diez (10) días hábiles, a partir de la fecha de su notificación, deberá presentar la garantía de contrato y de Anticipo Financiero debidamente legalizadas y concurrir a firmar el contrato respectivo, advirtiéndosele que en caso de incumplimiento se adoptarán medidas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones.-
ARTÍCULO 4º: Cúmplase, dése al R.O. Comuníquese a la Empresa interesada; pase al Departamento Compras para la confección de la correspondiente Orden de Compra y tome nota el Departamentos Vialidad, el Departamento Registro de Licitadores y Obras por Consorcio.