Boletines/Brandsen
Decreto Nº 0093
Brandsen, 05/01/2023
Visto
Visto el expediente Nº 4015-31.849/22, por el cual la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, gestiona un llamado a Licitación Publica Nº 4/2022, para la obra de Construcción de 36 viviendas en la ciudad de Brandsen, y;
Considerando
Que a fs. 355 se agrega el Acta de Apertura de la oferta presentada, correspondiente al siguiente proveedor: Robustelli Hnos S.A.;
Que el Secretario de Obras y Servicios Públicos indica a fs. 364: “Tratan las presentes actuaciones acerca de la Licitación Pública Nº 4/2022 por la contratación de la obra pública de referencia.
Habiéndose realizado el análisis por parte de esta Secretaria de Obras y Servicios Públicos de la propuesta presentada por el oferente ROBUSTELLI HNOS. SA, se considera, desde el punto de vista de nuestra competencia, que la oferta 2.576.433, 14 UVIS (lo que representa al 31/07/ 2022 un monto en pesos de $324.012.231,18) es conveniente y se ajusta técnicamente a lo solicitado.
Cabe aclarar que la certificación de avance de la obra de referencia (incluido el porcentaje del Anticipo Financiero) se realiza en UVIS (Unidad de Vivienda), siendo este un índice de actualización presupuestaria considerada en el convenio celebrado a tal fin. Se adjunta copia del convenio. Firmado: Álvaro Romero. Secretario de Obras Públicas. Municipalidad de Brandsen”;
Que a fs. 375 obra Acta de reunión de comisión de preadjudicación de esta Licitación indicando: “En Brandsen, a los 04 días del mes de enero de 2022, se reúnen la Comisión Asesora de Preadjudicación, creada a tal fin por Decreto 2208/2022, integrada por el Sr. Secretario de Obras y Servicios Públicos Álvaro Romero, la Secretaria de Hacienda y Administración, la Sra. Contadora Municipal Karina F. Peñalvel y el Sr. Asesor Letrado Dr. Juan Antonio, a los efectos de analizar la oferta del único oferente presentado en el marco de la Licitación Pública Nº 04/2022 para la Obra: Construcción de 36 viviendas en la ciudad de Brandsen:
Abierto el debate, el Sr. Secretario de Obras y Servicios Públicos manifiesta y entiende como técnicamente conveniente la oferta de ROBUSTELLI HNOS. S.A. por la suma de $324.012.231,18 equivalentes a 2.576.433,14 UVIS, tal como lo expreso la propia empresa en la aclaratoria de fecha 22 de noviembre de 2022 y en consonancia con lo dispuesto por el PEL. En definitiva, los demás integrantes de esta comisión entienden que, siempre que el D.E. comparta la opinión, resulta conveniente la adjudicación en la forma sugerido a por el Secretario de Obras y Servicios Públicos, debiendo destacarse frente a tal situación que el art. 134 de la LOM establece: “ARTICULO 134° (T.O. Dec.ley 8851/77): Licitada públicamente una obra, si existieren dos o más ofertas validas, el Departamento Ejecutivo podrá proceder a su adjudicación. Si existiere una sola oferta valida, el Departamento Ejecutivo podrá adjudicarle la obra previa valoración de su conveniencia mediante resolución fundada”, como bien señala la norma citada la facultad de adjudicación directa por el D.E. se da en caso de Obras Publicas de un modo singular a diferencia de lo que estipula el art. 155 de la LOM con alcance al resto de las licitaciones reguladas por la ley, más precisamente a las licitaciones sobre bienes y servicios ( conf. DOCTRINA H.T.C.: Consulta N°829 DEL 01/07/2005 Expte. 5300-4370/05); en concordancia con ello, esta comisión entiende que se dan en el caso la conveniencia y razones, en particular las condiciones macroeconómicas actuales, ante las cuales cualquier dilación en el proceso licitatorio (realizar un nuevo llamado, convocatoria a sesiones extraordinarias, etc.) podría importar y ocasionar una situación económicamente perjudicial para e oferente y para el Municipio, a lo que debe adicionarse como relevante que la oferta en pie resulta ajustada al presupuesto oficial, por lo que resulta viable y conveniente si el D.E. esta de acuerdo, utilizar las facultades del art. 134 in fine de la LOM, en tanto dicha ley solamente exige la intervención de H. Concejo Deliberante cuando se efectúen licitaciones para la adquisición de bienes y contrataciones de servicios y se registrara una sola oferta (art. 155 LOM), situación que no es el caso ya que se aborda en este asunto el análisis de una Licitación Publica para la contratación de una Obra Pública. En prueba de conformidad, firman los integrantes de la comisión de pre-adjudicacion, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento. -
Firmado: Daniela Lasalle Secretaria de Gobierno y Hacienda, Álvaro Romero Secretario de Obras y Servicios Públicos, Karina F. Peñalvel Contador Público, Asesor Letrado Dr. Juan Antonio”;
Que la contratación queda comprendida dentro del límite establecido por el artículo 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, actualizado por Resolución Nº 323/22 del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, para ese tipo de trámite en función del monto;
Que se han observado en lo actuado las pautas establecidas por el Decreto 2980/2000;
Que en consecuencia, corresponde dictar el pertinente acto administrativo;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN
ARTÍCULO 1º.- Adjudíquese a ROBUSTELLI HNOS. S.A, la obra de Construcción de 36 viviendas en la ciudad de Brandsen, por un presupuesto de pesos trescientos veinticuatro millones doce mil doscientos treinta y uno con dieciocho centavos ($324.012.231,18), equivalente a (dos millones quinientos setenta y seis mil cuatrocientos treinta y tres con catorce) 2.576.433,14 UVIS, por ajustarse a lo solicitado y considerar su propuesta conveniente a los intereses del municipio.-
ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimento de la presente, será imputado con cargo a la Jurisdicción: 4000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos – Categoría Programática: 42.89.00 – Imputación del gasto: 4.2.2 – Fuente de financiamiento: 132.-
ARTÍCULO 3º.-El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Gobierno y Hacienda y de Obras y Servicios Públicos. -
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese a quien corresponda, notifíquese a los proveedores ofertantes y al adjudicatario. Dese al Registro Oficial y publíquese sumario del presente en el Boletín Oficial Municipal y cumplido, archívese.-