Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 3132
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 04/11/2022
Visto el Servicio de Transporte Público de Pasajeros por Automotor de la Línea 520 que une la localidad de Bahía Blanca con Cabildo licitado mediante expediente Municipal Nro. 310-2287/2015, en el cual resultó adjudicataria la empresa “Via 51 Viajes Sociedad Anónima” conforme Decreto Municipal Nro. 1330/2017, aprobado por Ordenanza Nro. 18.993; y considerando:
Que se realizó un proyecto con el objeto de crear una línea de colectivos pública que una el centro de la ciudad de Bahía Blanca con la Aeroestación Civil Comandante Espora.
Que entre 2015 y 2019 crecieron fuertemente la cantidad de vuelos en el aeropuerto local. Si bien durante el 2020 prácticamente no se voló, producto de la pandemia COVID, a partir del 2021 se retomaron algunas conexiones, principalmente con Capital Federal, pero paulatinamente se reincorporaron también algunos otros destinos.
Que este incremento de la actividad aeroportuaria deriva en forma directa en un mayor flujo de personas entre la ciudad y el aeropuerto, compuesto principalmente por pasajeros y acompañantes, pero también por empleados que a diario concurren a desarrollar sus tareas allí, y que no tienen otro medio que el propio para movilizarse.
Que todo este movimiento de personas hoy es atendido en su gran mayoría por vehículos particulares (con las numerosas desventajas que sabemos que conlleva), por algunos servicios contratados que realizan empresas para sus empleados o pasajeros, y por servicios de alquiler como taxis y remises, siendo solo los primeros de oferta libre (es decir que están disponibles en la aeroestación para utilización de cualquier pasajero sin previo acuerdo con el transportista).
Que se destaca el alto costo relativo de los servicios de taxis y remises para ir por ejemplo al microcentro de la ciudad, en relación a los valores de los pasajes de avión.
Que se estaría poniendo de manifiesto la necesidad de contar con un medio de transporte adicional que permita el traslado masivo de personas (pasajeros y acompañantes) a un menor precio que los actuales.
Que se propone que se opere un servicio con carácter exploratorio del potencial servicio definitivo, basado en los datos actuales, que tenga como objetivo por un lado comenzar a brindar el servicio, pero por otro conocer las características de la demanda efectiva.
Que el servicio se propone con un recorrido desde la Plaza Rivadavia, hacia el Aeropuerto, lo más directo posible, y con pocas paradas. Los lugares donde se deberá detener el servicio son los principales hoteles del centro de la ciudad, luego saldrá por Sarmiento, Avda. Cabrera, haciendo detención en el Shopping local, el parador ubicado en esa arteria, y luego tome por Avda. Alfonsín hacia Ruta 3 y Aeropuerto; el regreso por igual camino en sentido contrario.
Que para prestar este servicio se requiere de un vehículo ómnibus con aire acondicionado y calefacción, asientos cómodos y espacios para traslado de equipajes (valijas y bolsos). Esto permite prestar en esta etapa de prueba el servicio con unidades tipo minibús, que permite conseguir modelos más económicos que los colectivos grandes, pero además son muy confortables para los pasajeros.
Que actualmente hay una línea de colectivos con características similares a las planteadas hasta este momento, que además presta servicio en parte del recorrido, que es la Línea 520. Tiene unidades tipo minibús con las características propuestas, y además tiene cabecera en el microcentro de la ciudad, circulando por Cabrera, Alfonsín y luego en la rotonda con Ruta 51 continúa por esta hasta Cabildo. Desde esa rotonda al Aeropuerto hay solamente un kilómetro y medio. Por lo tanto se propone hacer un ramal de la línea 520 que salga del centro y llegue al Aeropuerto.
Que a dichos efectos, aparece oportuno tomar como parámetros de operaciones generales las obligaciones y previsiones que deben cumplimentar el adjudicatario en el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Clausulas Particulares, de la Licitación Pública tramitada mediante Expediente Municipal Nro. 310-2287/2015, adaptándolas a las particularidades propias de la presente norma.-
Por todo ello, el Sr. INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades,
D E C R E T A
ARTICULO 1º)- Créase un Ramal Aeropuerto a la Línea 520 que actualmente explota la empresa Vía 51 Viajes Sociedad Anónima según Ordenanza 18.993, que tendrá el siguiente recorrido:
Línea 520 – Ramal Aeropuerto
- Ida: Lamadrid y Las Heras, por Lamadrid hasta Belgrano, Donado, Brown, Vieytes, Rondeau, Rodríguez, Zapiola, H. Yrigoyen, Fuerte Argentino, Sarmiento, Avda. Cabrera, Autovía Juan Pablo II, Ruta 3 vieja, acceso Aeropuerto, Aeroestación Civil Comandante Espora
- Vuelta: de Aeroestación Civil Comandante Espora, acceso Aeropuerto, Ruta 3 Vieja, Autovía Juan Pablo II, Avda. Cabrera, Sarmiento, Chiclana, Las Heras y Lamadrid.
ARTICULO 2º)- Asígnese a esta línea una unidad adicional al recorrido troncal que permita brindar frecuencia para el transporte de los pasajeros hacia y desde la Aeroestación en los horarios de los vuelos.
ARTICULO 3º)- Cúmplase, dése al R.O., tomen nota la Dirección Movilidad Urbana, División Transporte Urbano, notifiquese a la Empresa Vía 51 Viajes Sociedad Anónima.-