Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 2878
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 12/10/2022
Visto las presentes actuaciones mediante las cuales se solicita el pago del impuesto inmobiliario de la Partida Nº007-060221-0, por un total de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS CON 30/100 ($555.232,30), correspondiente a las cuotas 1, 2, 3 y 4 del año 2022 respecto de la propiedad ubicada en calle Undiano Nº1165 de la ciudad de Bahía Blanca donde funciona el depósito de vehículos retenidos por la División de Tránsito Urbano, por lo expusto; y Considerando:
Que tal como surge de la nota obrante a fojas 1 del expediente de referencia el pago de dicho impuesto no fue abonado oportunamente por este municipio, debido a que el propietario del inmueble no envió la boleta electronica que llega al e-mail declarado por este ante la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires.
Que la Claúsula Sexta del contrato firmado con fecha 31 de agosto de 2012 cuya copia obra a fojas 3 del presente expediente expresa: "...Serán a cargo del locatario el pago de los servicios de energía eléctrica, gas, agua, clacas e impuesto inmobiliario durante todo el periodo de la locación y exclusivamente respecto de la partida 60.221..."
Que hasta el año 2021 tanto el pago del alquiler como el pago del impuesto se encontraba a cargo de la Secretaría de Gobierno, los cuales recibían la información correspondiente.
Que, tal lo expresado a fojas 1 se ha consultado a la Secretaría de Gobierno respecto de la recepción de la documentación en esa área, y la misma declara que se le ha comunicado oportunamente al propietario donde debía enviar lo necesario para el pago correspondiente a lo establecido en el contrato.
Que por tratarse de un pago fuera de término el Departamento Contaduría General a fojas 43 informa: "...los procesos de contratación y compromiso deben realizarse previo al inicio de la prestación del servicio. Por lo expuesto, el presente pago se observa por incumplimiento del artículo 186 de la Ley Organica de las Municipalidades y art. 123 del Reglamento de Contabilidad.al que deberá agregarse la documentación respaldatoria del pago..."
Que en virtud de lo expuesto por dicho Departamento de fojas 3 a 41 se adjunta la documentación respaldatoria para la efectivización del pago y la Secretaría de Gestión Urbana, ha tomado conocimiento de la observación efectuada por Contaduría General a fojas 43, y se insiste en la prosecución del trámite de pago
Por todo lo expuesto y atento a la imputación por la Subdirección de Presupuesto y Planificación y Contaduría General a fojas 42, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
D E C R E T A
ARTICULO 1º) Autorícese a Contaduría General a librar la orden de pago a favor de la Agencia de recaudación de la Provincia de Buenos Aires ARBA, por un total de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS CON 30/100 ($555.232,30), correspondiente a las cuotas 1, 2, 3 y 4 del corriente año, por el Impuesto Inmobiliario del inmueble ubicado en calle Undiano nº1165, y en un todo de acuerdo con los considerandos de la presente.-
ARTICULO 2º) El gasto que se origine deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110104000, Cat. Prog. 01.01.00, Gasto 3.2.1.0, del presupuesto de gastos vigente.-
ARTICULO 3º) Cúmplase, dése al R.O., tomen conocimiento la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General.- Cumplido: ARCHIVESE.