Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 225
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 27/01/2023
Visto la nota presentada por Daher Yamila, DNI 27.195.343, solicitando el otorgamiento de un subsidio para afrontar los gastos de alquiler, comisiones inmobiliarias, compra de mobiliario y mercadería perecedera en compensación a las pérdidas sufridas en virtud de la situación que atraviesa el Mercado Municipal, y CONSIDERANDO:
Que el Decreto 2853/2022 en su artículo 1º) Suspende temporalmente toda actividad dentro de las áreas afectadas al "Mercado Municipal", hasta tanto puedan mitigarse completamente los riesgos que conllevan para la seguridad y la salubridad pública y la vida de las personas;
Que a fs. 1 el Secretario de Gestión Urbana informa que se procedió a acordar con la permisionaria Daher Yamila, DNI 27.195.343, quien ocupaba el local 41 y 42 del Mercado Municipal la desocupación del mismo;
Que en su artículo 1º) el Decreto 3119/2022 establece: "Autorizase al Departamento Contaduría General a abonar todos aquellos gastos necesarios y/o subsidios, a fin de realizar el acompañamiento productivo a los comerciantes del Mercado Municipal (...)";
Por todo lo expuesto; y atento lo informado por el Secretario de Economía interino y a la imputación de la Subdirección de Presupuesto y de la Contaduría General a fs. 14, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
- RESUELVE -
ARTICULO 1º)- Otorgar un subsidio a Daher Yamila, DNI 27.195.343, C.U.I.T. 27-27195343-2, por la suma de PESOS OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL ($850.000.-) por única vez y en concepto de acompañamiento productivo, para afrontar los gastos de alquiler de un nuevo local comercial, comisiones inmobiliarias, mobiliario y mercadería perecedera por las pérdidas oportunamente sufridas, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente.-
ARTICULO 2º)- Notifiquese a la beneficiaria que previo al cobro del subsidio debe proceder a desocupar el local comercial Nº 41 y 42 del Mercado Municipal.-
ARTICULO 3º)- El presente gasto deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110103000, Categoría Programática 01.06.00, Gasto 5.1.4.0. del Presupuesto de Gastos vigente.-
ARTÍCULO 4°)- Notifíquese al beneficiario que, una vez utilizados los fondos, deberá rendir cuentas ante el Departamento Contaduría General en el plazo de 30 días de recibidos los fondos, respetando los lineamientos establecidos en los artículos 131° al 134° del Reglamento de la Contabilidad y cumplimentando el Balance de Inversión cuyo modelo obra a fs. 15, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 52° de las Disposiciones Anexas al Decreto 2980/00 - R.A.F.A.M.-
ARTÍCULO 5°)- Por Secretaría de Gestión Urbana se efectuará el seguimiento del trámite de rendición de fondos por parte de la beneficiaria.-
ARTICULO 6º)- Cúmplase, notifíquese al beneficiario mediante entrega de copia certificada de la presente, tome nota Secretaria de Gestión Urbana, Departamento Contaduría General y Departamento Tesorería; dése al R.O. y ARCHÍVESE.-