Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº9

Resolución Nº 9

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 03/01/2023

Visto la nota presentada a fs. 1 por el agente BEAIN REINALDO BAUTISTA RENE, legajo 13.355, dependiente de la oficina Promoción Industrial, mediante la que solicita una licencia especial por razones políticas, a partir del 01 de septiembre de 2022, y;

CONSIDERANDO:

Que, a fs. 1 el agente BEAIN REINALDO BAUTISTA RENE legajo 13.355 manifiesta que fue electo como presidente del Consejo Directivo del Colegio de Distrito III del Consejo Profesional de Agrimensura de la Provincia de Buenos Aires, dicho cargo es ejercido desde el 1 de julio de 2022 hasta el 30 de junio de 2025 según lo establecido por la Ley provincial 10321 y la disposición N° 2 del 2022 de la junta electoral del Consejo Profesional de Agrimensura;

Que, de fs. 2 a 8 obra copia de la disposición N° 02/2022 del Consejo Profesional de Agrimensura de la Provincia de Buenos Aires Junta Electoral 2022 y a fs. 9 obra manual de Leyes y Reglamentos que regulan el ejercicio de la Agrimensura en la Provincia de Buenos Aires;

Que, a fs. 11 obra dictamen de la Dirección General de Técnica Jurídica el cual expresa:"... que correspondería hacer lugar a la petición por él formulada y otorgarle la licencia solicitada en los términos de los art. 18 y 40 inc 12 del CCT...";

Que, de fs. 12 a 14 obra dictamen de la Subsecretaria Legal y Técnica el cual expresa: "..considero oportuno sugerir que se analice como alternativa la posibilidad de otorgar al agente BEAIN - siempre que reúna los requisitos allí establecidos- la licencia prevista en el art. 58 CCT..."

Que, el Subsecretario de Planificación y Control del Gasto a fs. 15 informa que se autorizó al agente a dejar de concurrir a prestar sus tareas habituales desde el 1 de septiembre de 2022;

Que la Dirección General de Capital Humano a fs. 20 informa que lo solicitado por el agente Reinaldo Beain legajo Nº 13.355 se debería encuadrar como licencia sin goce tal lo estipulado en el artículo Nº 58 del CCT a partir del 1 de Septiembre de 2022 por el termino de un (1) año;

Que, el Departamento Administración de Personal a fs. 21 informa que no habiendo recepcionado, el mencionado Departamento, la solicitud de licencia sin goce de haberes del agente en cuestión previo al cobro de haberes del mes de septiembre de 2022, dicho agente deberá proceder a la devolución del monto correspondiente a 30 días del mes de septiembre de 2022 ($165.398,50-);

Que se habilita la Cuenta nro. 52720/6 CBU 0140305101622905272064 del Banco Provincia de Buenos Aires a Nombre de la Municipalidad de Bahía Blanca para que realice la correspondiente transferencia del dinero adeudado, en carácter de devolución, debiendo informar a la casilla de correo tesorero@bahiablanca.gov.ar el comprobante de pago; 

Que, el Artículo 58° del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales establece: “Por causas no previstas en esta Ley y que obedezcan a motivos de real necesidad debidamente documentados, podrán ser concedidas licencias especiales con o sin goce de haberes. Para hacer uso de esta licencia el trabajador deberá contar con una actividad mínima inmediata de un (1) año como planta permanente a la fecha de su designación.- El uso de licencia sin goce de haberes, salvo las indicadas precedentemente, coloca al trabajador en situación de inactividad”;

Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades

R E S U E L V E

ARTICULO 1°)- Otorgase la licencia sin goce de haberes el agente BEAIN REINALDO BAUTISTA RENE, legajo 13.355, dependiente de Promoción Industrial (Oficina N°200), por un plazo de un (1) año, a contar a partir del día 1º de septiembre de 2022, según lo establecido en el Artículo 58° del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales. -

ARTICULO 2°)Hagase saber al agente  BEAIN REINALDO BAUTISTA RENE, legajo 13.355, que deberá proceder a la devolución del monto de PESOS CIENTO SESENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON CINCUENTA CENTAVOS ($165.398,50.-) correspondientes al cobro de haberes del mes de septiembre de 2022.-

ARTICULO 3°)Hagase saber al agente  BEAIN REINALDO BAUTISTA RENE, legajo 13.355, que la devolución deberá realizarla a la Cuenta nro. 52720/6 CBU 0140305101622905272064 del Banco Provincia de Buenos Aires a Nombre de la Municipalidad de Bahía Blanca debiendo informar a la casilla de correo tesorero@bahiablanca.gov.ar el comprobante de pago.-

ARTICULO 4°)- Cúmplase, notifíquese, tome nota el Departamento Administración del Personal, Dirección General de Capital Humano, Promoción Industrial, dése al R.O. y ARCHIVESE. -