Boletines/General Belgrano
Decreto Nº 2523/2022
General Belgrano, 25/11/2022
Visto
el expediente 4041-S-13993/2022, iniciado por Carlos Julio Armando Sciutto, y;
Considerando
Que el peticionante ha solicitado la prescripción liberatoria de multas de la Cuenta 20-22577043-4.
Que a fojas 13, Asesoría Legal y Técnica indica que de acuerdo a lo normado por la LOM y lo resuelto por el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, corresponde dar de baja la deuda por Multas hasta el año 2017 inclusive, de la Cuenta 20-22577043-4, por operar la prescripción liberatoria.
Que el art. 278 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que las deudas de los contribuyentes que hubieren incurrido en mora en el pago de impuestos, tasas y cualquier otra especie de contribuciones adeudadas a la municipalidad, prescriben a los cinco (5) años de la fecha en que debieron pagarse.
Que además, establece como actos interruptivos de la prescripción, los actos judiciales que la municipalidad ejecutare en procura del cobro del crédito.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Artículo 1°: Hacer lugar a la prescripción de deuda de multa de la Cuenta 20-22577043-4 hasta el año 2017 inclusive; en el marco del Artículo 278 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.--
Artículo 2º: Facultar al Departamento de Procesamiento de Datos a realizar las modificaciones que correspondan.--
Artículo 3º: Notificar a la parte interesada a través del Departamento de Atención al Público.--
Artículo 4º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno Héctor Daniel Arias.--
Artículo 5°: Cumplir, comunicar a quienes corresponda, tomar razón Procesamiento de Datos, Juzgado de Faltas, Atención al Publico, dar al Registro Oficial del Municipio, publicar, archivar.--