Boletines/Baradero
Ordenanza Nº 7102
Baradero, 26/09/2022
Ordenanza N° 7102 del 23 de septiembre de 2022 y promulgada el 26 de septiembre de 2022.
Visto que la Organización Mundial de la Salud el 19 de octubre celebra el “Día Internacional de la lucha contra el cáncer de mama” con el objetivo de crear conciencia y promover que cada vez más mujeres accedan a controles, diagnósticos y tratamientos oportunos y efectivos.
Considerando que el cáncer de mama es un tipo de tumor que se crea en las células y estructura de las glándulas de los tejidos del seno,
Que según datos de la Organización Mundial de la Salud (OMS), el cáncer de mama representa el 16 por ciento de todos los canceres en pacientes femeninos y desde hace años parece ir en crecimiento en cuanto a estadísticas.
Que se estima que 1 de cada 8 mujeres tendrá cáncer de mama a los largo de su vida y esta es la razón principal de porque las mujeres deben realizarse una evaluación regularmente de sus senos.
Que según datos de la organización mundial de la salud (OMS) la mayoría de las muertes se producen en los países de los ingresos bajos y medios, donde la mayoría de las mujeres con cáncer de mama se diagnostican en estadios avanzados debido a la falta de sensibilización sobre la detección precoz.
Que la detección precoz es fundamental a fin de mejorar el pronóstico y la supervivencia de los casos de cáncer de mama sigue siendo la piedra angular de la lucha contra el cáncer.
Que cuando se detecta precozmente, se establece un diagnostico adecuado y se dispone de tratamiento, las posibilidades de curación son elevadas. En cambio, cuando se detecta tardíamente es raro que se pueda ofrecer un tratamiento curativo en tales casos son necesario cuidados paliativos para mitigar el sufrimiento del paciente y sus familiares.
Que es esencial articular los medios para concientizar y promover la detección precoz del cáncer de mama para disminuir su impacto negativo en la ciudad.
Que el Hospital Municipal Lino Piñeiro cuenta con un mamógrafo instalado y funcionando.
Que en el caso del cáncer de mama, la mamografía es el único método de cribado eficaz para un diagnóstico precoz y puede reducir la mortalidad por este tumor hasta en un 30 % en mujeres mayores de 50 años, según datos de la Organización Mundial de la Salud.
Que hacerse mamografías con regularidad puede reducir el riesgo de morir por cáncer de mama.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires,
Por ello, tratado y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de Ley la siguiente:
Ordenanza N° 7102-22
ORDENANZA
Ordenanza N° 7102-22
Artículo 1°: Implementase en el ámbito del Partido de Baradero una campaña de concientización dirigida a la población general sobre la prevención del cáncer de mama.
Artículo 2°: Definir los objetivos de la campaña de concientización sobre los beneficios de la detección precoz de cáncer de mama en las mujeres que habitan el Partido:
2.1- Declarar el mes de octubre como el mes de la lucha contra el cáncer de mama en el ámbito del Partido de Baradero.
2.2- Vestir la Municipalidad de Baradero y Delegación de Alsina, Portela y santa Coloma, así como demás dependencias de rosa, colocando lazos de color rosado que simbolizan la lucha contra el cáncer de mama.
2.3- Disponer durante todo el mes de octubre de la ampliación de días y horarios para otorgar turnos con el objeto que más mujeres accedan a controles, y diagnostico con el mamógrafo instalado en el Hospital Local.
2.4- Arbitre lo medios necesarios a fin de implementar esta campaña de difusión y concientización sobre la prevención del cáncer de mama en los diferentes medios de comunicación local y en las redes sociales de nuestra ciudad, así como también en Alsina, Portela y Santa Coloma.
Artículo 3°: Regístrese, comuníquese, publíquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 23 de septiembre de 2022.
FDO: Sr. Rodolfo Lacabanne, Vicepresidente 1° HCD y Sr. Carlos A. Olmos, Secretario de HCD.
BARADERO, 26 de septiembre de 2022.
PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese la presente Ordenanza registrada bajo el N° 7102-22.
FDO: Sr. Esteban D. Sanzio, Intendente Municipal y Sr. Iván N. Moreira, Secretario General de Gobierno.