Boletines/Coronel Suárez
Ordenanza Nº 7745/2022
Coronel Suárez, 28/04/2022
ORDENANZA
ARTICULO 1°.- Corresponderá por cada Beca:
a) DE HONOR: la suma fija de pesos: Once mil cien ($11.100)
b) ESPECIAL: la suma fija de pesos: Nueve mil ($9.000)
c) TERCIARIA: la suma fija de pesos: Seis mil ($6.000)
ARTICULO 2°.- Aquellos estudiantes que habiten en las - - - - - - - - - - residencias de Bahía Blanca, La Plata y Buenos Aires, y que ameriten una Beca acorde al informe de la Trabajadora Social interviniente, la misma se establece en un cincuenta por ciento (50%) del monto establecido para las Becas de Honor.-
ARTICULO 3°.- Para aquellos estudiantes terciarios que - - - - - - - - cursen carreras que se dicten dentro del distrito de Coronel Suárez, con domicilio de residencia en la ciudad cabecera, la suma a percibir será de pesos Dos mil ($2.000) mensuales.-
ARTICULO 4°.- Los montos establecidos precedentemente se - - - - - - - - abonarán en un 100% entre el 1° de marzo y hasta el 31 de diciembre y en un 50% del monto de la beca en los meses de enero y febrero.
ARTICULO 5°.- Becas de Transporte
Del monto:
El importe de las becas por transporte será:
De una distancia:
Se tomará como base el valor del transporte y el boleto estudiantil.
Los montos establecidos para Becas de Transporte se abonarán entre el 1° de marzo y el 30 de noviembre del mismo año.
ARTICULO 6°.- Deróguese la ordenanza 7491 por encontrarse - - - - - -su texto encuadrado en la presente.
ARTICULO 7°.- Regístrese, comuníquese a quienes - - - - - - - - - - - corresponda, cúmplase y oportunamente, archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL SUAREZ A LOS VEINTOCHO DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.-