Boletines/Coronel Suárez

Decreto Nº1684/2022

Decreto Nº 1684/2022

Coronel Suárez, 22/07/2022

Visto

la Ordenanza 7439/2020 y el decreto reglamentario 538/21 y sus modificatorias, que establece el procedimiento de llamado a Concurso para cubrir los cargos profesionales afectados al Hospital Municipal de Huanguelen “Lucero del Alba” de la Municipalidad de Coronel Suarez, y

Considerando

Que se requiere el llamado a Concurso Cerrado para cubrir el cargo de Jefe de Servicio de Enfermería del Htal. Municipal Lucero del Alba de Huanguelen, de la Municipalidad de Coronel Suarez,

                                              Que el presente se trata de un llamado a concurso cerrado para cubrir el cargo mediante la evaluación de méritos, antigüedad, antecedentes y oposición, mediante la asignación de tareas específicas al área, por el periodo de 4 años, según establece la ordenanza 7439/20.

                                              Que el designado no deberá estar comprendido en las incompatibilidades que dispones el artículo 9° de la Ordenanza 7439/20 y en función del reglamento de concursos dispuestos por las autoridades.

                                               Que los postulantes deben presentar un plan de trabajo, desarrollo y gestión que llevaran a cabo en caso de obtener el cargo de función al cual se postulan, durante los (4) cuatro que dura el mismo, que formara parte del concurso.

                                               Que es necesario establecer las funciones, régimen laboral, misión y condiciones técnicas del cargo a cubrir.

Por ello el Intendente de Partido, en uso de sus atribuciones:

D EC R E T A

ART.1: Llámese a CONCURSO CERRADO para cubrir el cargo de Jefe de Servicio  - - - - - de Enfermería del Hospital Municipal “Lucero del Alba” de Huanguelen, de la Municipalidad de Coronel Suarez,

ART. 2: Establézcanse las siguientes características del Cargo:

OBJETO: El profesional que resulte será nombrado Jefe de Servicio de Enfermería del Htal. Municipal de Huanguelen “Lucero del Alba”, gozando de estabilidad y ejerciendo el cargo por un periodo de 4 años (Art. 11 de la Ordenanza 7439/20).

LUGAR: La realización del trabajo específico será e instalaciones de esta institución y sus dependencias.

REGIMEN LABORAL: El régimen horario semanal para el Profesional de Salud es establecido en el Régimen Escalafonario Municipal, perteneciendo al REGIMEN ESPECIAL para Profesionales de la Salud establecido en la Carrera Profesional Hospitalaria, dispuesto en la ordenanza 7439/20; estableciéndose para este cargo en particular un régimen horario de 40 hs.,sin bloque o de título. Su actividad tendrá una asignación 60% administrativo – docente y 40% de actividad asistencial.

MISION DEL PUESTO: Gestionar y supervisar el desarrollo de las tareas del personal de enfermería de la unidad y el desempeño individual de cada uno de ellos, para satisfacer las necesidades de cuidados específicos de los pacientes, en un marco de eficiencia y atención personalizada de los mismos.

Liderar las actividades técnico-administrativas del equipo de enfermería, sobre la base de principios administrativos de trabajo eficiente, según las normativas vigentes /o indicaciones técnicas profesionales, dirigidos a la asistencia al paciente; consciente de las implicancias y responsabilidades legales de la práctica profesional

Proporcionar la información y los contenidos que se requieran e integrarlos a fin de fomentar la importancia del trabajo en equipo, garantizando un servicio de calidad.

UNIDAD FUNCIONAL:

La unidad funcional incluye centralmente al Htal. Lucero del Alba y todos aquellos efectores sanitarios con personal de enfermería, dependientes de la cartera sanitaria municipal. En el Hospital se desarrollan actividades asistenciales, de prevención, promoción y rehabilitación de la salud, contando de forma dinámica, con un área de internación de 12 camas de internación general,  2 camas de pediatría, 3 camas de ginecoobstetricia. Un área de Shock-Room, quirófano y área de consultorios externos,

Se incluyen procesos asistenciales como: atención en sala general, guardia y quirófano en colaboración con otros especialistas, la asistencia de pacientes pediátricos desde la recepción hasta los 14 años, la asistencia de pacientes adolescentes y adultos en las diferentes etapas de la vida, en los diferentes procesos de salud-enfermedad, que requieran de asistencia en la institución.

El jefe de Servicio de enfermería será la autoridad máxima del personal de enfermería asignado al mismo, siendo responsable del funcionamiento del área y el personal de su cargo.

FUNCIONES:

  • Reconocer como autoridad jerárquica superior inmediata al Director de enfermería, o a quien el organigrama del establecimiento disponga, quien podrá valerse de otros Jefes de Servicio, Administrador y todo otro funcionario que por su jerarquía o especialización juzgue conveniente, a los efectos de establecer enlaces, para la armonía general en el funcionamiento, organización y correlación del Establecimiento.
  • Participar del proceso de planeamiento de la asistencia de enfermería, observando principios científicos, técnicos y normas de organización
  • Proponer criterios para la dotación del recurso de enfermería y recursos materiales necesarios para la atención de enfermería a pacientes en todas las modalidades asistenciales.
  • Participar en la elaboración de programas de asistencia a los pacientes y sus familias, abarcando aspectos educativos, preventivos y curativos.
  •  Desarrollar programas de educación en servicio a fin de garantizar la máxima utilización de conocimientos y destrezas por parte del equipo de trabajo.
  •   Evaluar periódicamente el desempeño del personal y de la asistencia prestada al paciente.
  • Implementar un sistema de información adecuado sobre la producción de actividades y las normas institucionales que afectan al área.
  • Planificar, organizar, ejecutar y evaluar los procesos asistenciales y administrativos del servicio de enfermería.
  • Elaborar, aplicar y supervisar las normas técnicas para procedimientos y cuidados de Enfermería.
  • Participar en programas específicos que implemente la Dirección del establecimiento.
  •  Participar en la elaboración de perfiles para los diferentes cargos, y en la selección del personal.
  • Participar en la aplicación del régimen laboral del personal a su cargo. 
  • Establecer las formas de división y coordinación del trabajo en las áreas a su cargo.
  • Revisar los procesos administrativos y técnicos y elaborar, con la participación de los agentes involucrados, nuevas normativas tendientes a mejorar la calidad de las prestaciones en términos de eficacia, rendimiento y nivel de satisfacción de los usuarios.
  • Promover y realizar actividad docente y de investigación.
  • Elaborar un informe anual sobre las actividades desarrolladas, y elevar la propuesta de futuro desarrollo del servicio, así como el listado de necesidades.
  • Realizar el registro de las actividades según normas.
  • Participar del proceso de mejoramiento continuo de la calidad integrando consejos, comités y grupos de trabajo con el objeto de identificar y tratar problemas, y proponer soluciones para los mismos.
  • Elaborar el programa específico del servicio de enfermería compatible con los lineamientos del Hospital, que abarque las diferentes áreas de intervención del personal de enfermería, Shockroom; sala de internación general de adultos, pediátrica y de Tocoginecologia, quirófano; oncología; SAME.
  • Distribuir actividades sobre la base de las necesidades de los diferentes servicios del Hospital, participar, orientar y verificar su cumplimiento.
  • Desarrollar un plan de acción y su seguimiento a corto y largo plazo, incluyendo objetivos, estrategia y disposiciones consideradas necesarias para lograr los objetivos establecidos.
  • Prever la estructura del Servicio de Enfermería considerando los planes de crecimiento y desarrollo del Hospital.
  • Formular la política que deberá ser observada por el equipo de enfermería, definiendo los límites de acción.
  • Programar actividades de formación y capacitación para el personal el equipo de enfermería, teniendo en cuenta las necesidades de asistencia prestada, perfeccionamiento o introducción de nuevas técnicas de  enfermería y la mejora de los patrones de asistencia. Ejercer la docencia e investigación.
  • Confeccionar cronogramas mensuales de trabajo y distribuir el personal de acuerdo con el área de actividades (turnos mensuales, vacaciones y distribución de tareas, etc.).
  • Convocar y presidir reuniones con su grupo de trabajo y establecer medios y métodos de comunicación que contribuyen de manera eficiente a la toma de decisiones (reuniones, informes, entrevistas).
  • Promover un buen ambiente de trabajo.
  • Participar de los ateneos, reuniones institucionales, comisiones temporarias o permanentes, toda vez que sea convocado.
  • Todas sus gestiones, deberán dirigirse alsuperior inmediato del área, solicitando las mejoras necesarias de todo orden que considere oportuna. No podrá iniciar ninguna gestión externa, sino por intermedio de la Dirección del Hospital.
  • Representar al Servicio de Enfermería del Hospital Lucero del Alba ante la administración y otros órganos.
  • Recibir y orientar a pacientes y familiares, verificando su identificación en los respectivos expedientes clínicos.
  • Participar en tratamientos médico-quirúrgicos y atender a pacientes en casos específicos.
  • Solicitar y administrar medicamentos bajo prescripción médica.
  • Recibir, cumplir y transmitir indicaciones médicas supervisando y reportando las anomalías detectadas.
  • Requerir, distribuir y controlar dotaciones de materiales de consumo, medicamentos, ropa e instrumental de acuerdo a las necesidades del servicio.
  • Cumplir y hacer cumplir las órdenes de trabajo y reglamentos del Hospital.
  • Colaborar con la realización de las tareas cuando asi se lo requiera.
  • Coordinar y autorizar el goce de las licencias respecto a la igualdad entre los compañeros, la necesidad y demanda de los servicios de la Institución.
  • Fiscalizar al personal, pudiendo elevar sus observaciones sobre mal cumplimiento de funciones.
  • Controlar la asistencia del personal a cargo y analizar informes de inasistencias a fin de tomar las decisiones correspondientes.
  • Velar por la salud del personal a su cargo asegurándose la disposición y utilización de los Elementos de protección personal y el correcto uso delas herramientas de trabajo.
  • Formar parte de las políticas de calidad institucional y generar las propias para su servicio.
  • Deberá velar cuidadosamente por la ética profesional del personal perteneciente a su Servicio.
  • Coordinar con las autoridades, políticas activas de información y vinculación con la sociedad.
  • Brindar informe anual al COTA y aprobar las evaluaciones anuales de gestión.

COMPETENCIAS TECNICAS:

  1. Poseer título habilitante de Lic. En Enfermería Matriculado en la Pcia. De Bs. As.
  2. Capacidad dedominarlos contenidos de las tareas, reglas y procedimientos del área específica de trabajo.
  3. Habilidades para comprender los procesos y los diferentes sistemas de redes de relaciones, y la capacidad de obtener y usar la información.
  4. Competencias organizacionales, capacidad de planificación, organización y establecimiento de métodos propios de gestión integral, administración eficaz del tiempo y el espacio, desarrollo e innovación de los procesos de trabajo.
  5. Competencias comunicativas, capacidad de expresión y comunicación con todo el equipo de salud del área y con el nivel central. Capacidad de cooperación, de trabajo en equipo, fluidez en el dialogo, habilidad en prácticas de negociación y relaciones interpersonales. Habilidades mediáticas frente a los medios de comunicación, conferencias con sus pares y comunidad
  6. Competencias sociales, capacidad de utilizar todo los conocimientos obtenidos a través de las diferentes experiencias vividas en diversas.
  7. Presentación de matrícula profesional y fotocopia de la misma,  y certificado ético-profesional.
  8. Constituir domicilio legal en la localidad de Huanguelen, en el partido de Coronel Suarez.
  9.  Dar fehacientemente por conocidos los términos del llamado a concurso.
  10. Constancia médica y psíquica-apta para desempeñar la función.

Los datos aportados son considerados como declaración jurada. La falta de veracidad de dichos datos o de la documentación acompañada será causal de exclusión, debiendo elevarse las actuaciones con la documentación correspondiente a la Secretaria de Salud.

DIAS Y HORARIOS: Deberá cumplir una carga horaria de 30hs semanales, durante la mañana de lunes a viernes.

REMUNERACIÓN: el profesional recibirá la remuneración acorde a un régimen horario de 40hs. semanales, regulada en los artículos 33, 35 y 38 de la ordenanza 7439/20 y su correspondiente reglamentación. Se establece un reconocimiento económico que según la carga horaria estipulada y las responsabilidades determinadas en Función F2, será primordial contemplar una disponibilidad de horas para asistir al equipo de trabajo del servicio a su cargo circunstancialmente según amerite la situación, de lunes a lunes en horario matutino, vespertino y nocturno.

MATERIALES:tanto los equipos como los materiales necesarios para la realización de las prácticas objeto del presente concurso, serán provistos por la institución sanitaria y/ la Secretaria de Salud del municipio.

ART.3Se establece la siguiente DOCUMENTACIÓN a ser presentada por los aspirantes:

1. - Hoja de inscripción, donde deberán consignarse los datos requeridos con dos (2) ejemplares impresos, con la nómina de los méritos y antecedentes exigidos para el respectivo concurso, en el mismo orden que lo estipula esta Carrera y con una (1) copia de las respectivas constancias.-

2. - Presentación de Documento de Identidad del postulante (L.E., L.C. o D.N.I.).

3. - Fotocopia autenticada del título profesional habilitante.

4. - Presentación de matrícula profesional y fotocopia de la misma, y certificado ético-profesional.

5. - Constituir domicilio legal en la localidad de Huanguelen.

6.-  Dar fehacientemente por conocidos los términos del llamado a concurso.

7.-  Constancia médica y psíquica- apta para desempeñar la función.

 

Los datos aportados son considerados como declaración jurada. La falta de veracidad de dichos datos o de la documentación acompañada será causal de exclusión, debiendo elevarse las actuaciones con la documentación correspondiente a la Secretaría de Salud.

ART. 4 Se dará cumplimiento al artículo Nº 15 y 16 de la ordenanza 7439/20 y su   - - - - reglamentación, con la difusión del presente llamado a concurso a través de la red de comunicación interna de la Dirección de Prensa los días 3, 4 y 5 de agosto, con período de Inscripciones los días 29, 30 y 31 de agosto de 2022, en la Oficina de Administración del Hospital ¨Lucero del Alba¨ de 8 a12hs y posterior publicación del jurado.

ART. 5 De forma.