Boletines/Coronel Suárez

Decreto Nº1457/2022

Decreto Nº 1457/2022

Coronel Suárez, 05/07/2022

Visto

el EXP-MCS: 0001633/2021 caratulado: “Reparación de capas aisladoras en la totalidad del Establecimiento E.P. Nº 25 de Huanguelén” y

Considerando

Que por Decreto Nº 985 de fecha 26 de abril de 2022 se rescindió el contrato a la  Empresa PALACIOS KEVIN JESUS  autorizando a la Secretaría de Obras Públicas, a tomar posesión de la obra con los efectos y a los fines previstos en la Reglamentación del art. 60 inc. c de la ley 6021, lo que fuese legalmente notificado mediante Carta Documento de fecha 03. 05.2022 al domicilio constituido por el contratista y la cual fuese devuelta con fecha 12.05.2022 por haberse mudado el interesado.-

                                    Que conforme nota firmada por el Inspector de obra Juan Manuel Chandia y el Secretario de Obras Públicas Interino Arq. Jorge Segui corresponde aplicar las sanciones y multas contractuales especificadas en el  art. 8 del Contrato de locación de obras lo cual comprende la garantía de Obra de PESOS CUARENTA MIL QUINIENTOS CUARENTA Y DOS ($ 40.542.-) y la perdida de la garantía de Contrato por un monto de PESOS SESENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS ($ 69.900), lo que hace un total de PESOS CIENTO DIEZ MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS ($110.442.-).-

                                 Que de acuerdo  al informe elaborado por la Asesoria Letrada deberá iniciarse acciones de daños y perjuicios contra el contratista a los fines de dejar indemne al Municipio de todo eventual perjuicio económico.-

Por todo, el Intendente Municipal en uso de sus atribuciones

 

D E C R E T A

ART. 1º: Aplicase PALACIOS KEVIN JESUS OMAR  una multa por                     - - - - - abandono de obra en la terminación de los trabajos realizados en “Reparación de capas aisladoras en la totalidad del establecimiento E.P. Nº 25 de Huanguelén”, conforme EXP-MCS: 0001633/2021.-

ART. 2º: Fijase la multa en la suma de PESOS CIENTO DIEZ MIL                           - - - - - - CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS ($110.442) la que deberá ser retenida directamente de la Cuenta Bancaria a Terceros Nº 6847-10060/1, donde se encuentran depositados los fondos previstos para Garantía de Obra  ($40.542.-)y Garantía de Contrato ( $69.900.-)los que deberán re ingresar en el EXP-MCS: 0001633/2021 a los fines de poder ser utilizados en la nueva contratación que se deberá realizar para la finalización de los trabajos pendientes de ejecución.-

ART.3º: Instrúyase a la Sub Secretaria Legal y Técnica, para iniciar las              - - - - - acciones que pudieren corresponder por los daños y perjuicios que sufrió el municipio atento el incumplimiento contractual del contratista.-

ART. 4º: Suspéndase del Registro de Proveedores Municipales, la inscripción  - - - - - del contratista sancionado, hasta tanto cambien o se modifiquen las circunstancias que dieron origen a la sanción aquí dispuesta, con la finalidad de evitar futuros perjuicios a la Comuna.-

ART. 5º: Notifíquese, publíquese y oportunamente archívese-.