Boletines/Coronel Suárez

Decreto Nº1387/2022

Decreto Nº 1387/2022

Coronel Suárez, 22/06/2022

Visto

el expediente de referencia, respecto al Oficio “BANCO DE LA PAMPA SOCIEDAD ANÓNIMA (ANTES BANCO CORONEL DORREGO Y TRENQUE LAUQUEN SOCIEDAD ANÓNIMA) C/GARCIA JUAN CARLOS S/COBRO EJECUTIVO” Expte. n° 49.551, y-

Considerando

Que a fs. 1 obra Oficio Judicial de fecha 02 de octubre  de 2019, mediante el cual el Juzgado actuante solicita  se proceda a LIBERAR LOS IMPUESTOS Y TASAS MUNICIPALES, que registrare el inmueble  Circ. XV – Secc. B – Ch. 111 - Mz. 111J – Parc. 1 – Partida nº 024-14.494 – Matricula: 3189, del Partido de Coronel Suárez,  anteriores a la fecha de la toma de posesión, esto es: 11 de junio de 2019;

Que la Subsecretaria Legal y Técnica informa que conforme a lo establecido en la Sentencia Judicial obrante, corresponde hacer lugar a lo peticionado, asentándose en la Dirección de Recaudación sobre las deudas anteriores a la fecha consignada en el mismo correspondiendo exclusivamente al titular de dominio ejecutado (García Juan Carlos);  

Por ello, el Intendente Municipal del Partido, en uso de sus atribuciones-

 

D E C R E T A

ART. 1º: Liberase la deuda que en concepto de IMPUESTOS Y TASAS MUNICIPALES     - - - - pesaren  sobre el inmueble  Circ. XV – Secc. B – Ch. 111 - Mz. 111J – Parc. 1 – Partida nº 024-14.494 – Matricula: 3189, del Partido de Coronel Suárez,  hasta el día 11 de junio de 2019, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente;

ART. 2º: La liberación de deuda dispuesta en el artículo anterior, se                                         - - - - - efectuará hasta la fecha que se señala, correspondiente a la toma de   posesión del adquirente respecto del inmueble detallado supra.

ART. 3º: Las deudas anteriores a la toma de posesión, corresponden al titular                  - - - - - de dominio ejecutado (GARCIA JUAN CARLOS), dirigiéndose contra el mismo las actuaciones correspondientes.-

ART. 4º: Comuníquese a la Dirección de Recaudación a fin de dar cumplimiento a lo   - - - - - - dispuesto en el presente decreto.-

ART. 5º: Regístrese, cúmplase, comuníquese y oportunamente, archívese.-