Boletines/Coronel Suárez
Decreto Nº 1353/2022
Coronel Suárez, 16/06/2022
Visto
el incremento en el volumen de trámites administrativos que se ha ido produciendo en el municipio por el propio crecimiento del mismo, y –
Considerando
Que en los artículos 183º y 184º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, disponen que el Intendente Municipal podrá autorizar al Secretario de Hacienda a extender órdenes de compras y pagos hasta los montos que no excedan lo establecido para los concursos de precios, haciendo responsable al Secretario ante el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires por estas inversiones; como así también a firmar los cheques juntamente con el Tesorero Municipal, en su reemplazo y siendo deseo del Departamento Ejecutivo acelerar los trámites relacionados con adquisiciones asegurando así el cumplimiento de los pagos;
Por ello, el Intendente Municipal del Partido, en uso de sus atribuciones-
D E C R E T A
ART. 1º: Autorizase al Secretario de Hacienda a extender órdenes de pago y - - - - - de compras hasta un monto de $ 3.322.164,00 fijado por los art. 183 y 184 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, a partir del 16 de junio de 2022, para los concursos de precios que deberán ser suscriptos además por el Contador y el Tesorero Municipal.
ART. 2º: Autorizase al Secretario de Hacienda a suscribir los cheques que - - - - - emita Contaduría, hasta el monto de $ 3.322.164,00, a partir del 16 de junio de 2022, para cumplimentar el art. 1º, en forma conjunta con el Tesorero Municipal, de acuerdo a lo establecido en el art. 191 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
ART. 3º: Reservase el Intendente Municipal, las atribuciones propias para - - - - - suscribir la documentación que considere conveniente en cualquier oportunidad sin necesidad de revocar las facultades delegadas.
ART. 4º: A partir de la vigencia del presente, se deja sin efecto el Decreto n° - - - - - - - 2303/2021.-
ART. 5°: Cúmplase, tome nota a sus efectos la Dirección de Contaduría, - - - - - Tesorería, Dirección de Compras, y demás dependencias municipales que correspondan.-
ART. 6º: Cúmplase, notifíquese y archivase.-