Boletines/Coronel Suárez

Decreto Nº1341/2022

Decreto Nº 1341/2022

Coronel Suárez, 14/06/2022

Visto

las medidas de fuerza, asamblea permanente y estado de movilización tomadas por el STM (Sindicato de Trabajadores Municipales), en el marco de la falta de acuerdo de las negociaciones paritarias que se venían llevando a cabo por ante el Ministerio de Trabajo;

Considerando

Que con fecha 13 de Junio del corriente año, en horario de la tarde, fue bloqueada la entrada al Corralón Municipal, quedando los camiones compactadores y herramientas de trabajo en el interior del predio, sin posibilidad de acceso a los mismos;

                                            Que resulta de vital importancia tomar las medidas que garanticen el estado de salubridad e higiene de la población, debiendo responderpor el servicio de emergencia de recolección de residuos urbanos, lo que refiere en forma integral a los que provienen de fuentes domesticas o domiciliarias, de la limpieza pública y de fuentes comerciales e institucionales en la Ciudad cabecera del Distrito.-

Que en virtud de lo expuesto y lo establecido en el art. 156 in. 8 de la LOM  resulta necesario adoptar medidas tendientes a dar una solución rápida y efectiva a la problemática planteada, durante el tiempo que dure dicha medida.-

                                             Por todo ello, el Intendente Municipal en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ART. 1: Decrétese a partir del día de la fecha la Emergencia Sanitaria de            - - - - - - todo el Distrito, con la finalidad de salvaguardar la salubridad pública de toda la población-.

 

 

 

ART. 2: Autorizase a contratar en forma directa a  empresas que reúnan los  - - - - requisitos para prestar y dar cumplimiento con el Servicio de Emergencia de Recolección de Residuos Domiciliarios en la Ciudad Cabecera del Partido, debiendo contar la mismas con camiones equipados con cajas campactadoras, choferes, recolectores, supervisores y eventualmente con camionetas de apoyo, dejando específicamente establecido que dicha mano de obra deberá ser contratada de acuerdo a CCT 40/89, dejando desobligando el Municipio de todo tipo de responsabilidad civil,  laboral, previsional e impositiva.-

ART. 3: Asimismo, facultase a contratar Cooperativas de Trabajo y personal  - - - - - que permita realizar  tareas de soporte para la recolección de residuos en las Delegaciones Municipales y cualquier lugar del Distrito donde sea requerido el servicio de emergencia, durante el plazo que dure las medidas de fuerza adoptadas-.

ART. 4: Cúmplase, comuníquese, regístrese.-