Boletines/Coronel Suárez
Decreto Nº 1234/2022
Coronel Suárez, 30/05/2022
Visto
el EXP-MCS: 578/2022, mediante el cual la ASOCIACIÓN CIVIL “MAS VIDA EN VIDA”, solicita ser reconocida como entidad de bien público, y-
Considerando
Que la misma tiene como objetivo:
1.- Trabajar para lograr el marco necesario a partir del cual ayudar a las personas, en todos sus aspectos.
2.- Ayudar y apoyar al enfermo en los problemas psicológicos que este tipo de enfermedades producen fijando como meta básica y fundamental su integración social, como también brindar apoyo psicológico y moral a los familiares de los enfermos internados.
3.- Crear una red interinstitucional de Profesionales, Técnicos, Organizaciones no Gubernamentales, Instituciones de Gobierno Municipales, Provinciales y Nacionales, a fin de promover la mejora en la calidad de vida de todos los niños internados en Neonatología
4.- Difundir la existencia de las enfermedades que manifiestan
5.-Hacer conocer a las autoridades Sanitarias que los pacientes diagnosticados y tratados son solo una parte del número de enfermos con problemas de cáncer
6.- Lograr que las autoridades Municipales y Provinciales implementen un programa especial de asistencia al enfermo.
7.- Fomentar la activa participación de diferentes actores sociales en proyectos comunitarios que fortalezcan los lazos de solidaridad social.
8.- Difundir entre distintos públicos las características de la enfermedad y las implicancias de orden familiar, laboral y social que conlleva.
9.- Desarrollar un ambiente de cordialidad y solidaridad entre sus asociados y propender al mejoramiento intelectual y cultural de los mismos.
Que el Jefe de Gabinete, informa que la entidad ha dado cumplimiento a la Ordenanza nº 1734/82, estando en consecuencia, en condiciones legales para otorgar lo solicitado;
Por ello, el Intendente Municipal del Partido, en uso de sus atribuciones-
D E C R E T A
ART. 1º: Reconocer al ASOCIACIÓN CIVIL “MAS VIDA EN VIDA”, como Entidad de Bien - - - - - Público, por las causas expuestas en los considerandos del presente.-
ART. 2º: Esta Entidad quedará inscripta en el Registro Municipal de Entidades - - - - - de Bien Público bajo el Nº 339.-
ART. 3º: Por la Dirección de Despacho y la Oficina de Atención a Entidades de - - - - Bien Público, se tomará nota en el respectivo Registro del reconocimiento dispuesto por el presente decreto.-
ART. 4º: Comuníquese, cúmplase y regístrese.-