Boletines/Magdalena
Decreto Nº 1275
Magdalena, 30/09/2022
Visto
Las actuaciones del expediente Letra “D” Nº 1217/2022, mediante las cuales se solicita el reintegro/devolución del importe abonado de $2.520,00 (Pesos dos mil quinientos veinte con cero centavos) por la Srta. María Lucia Cinkiewicz, DNI 34.044.402 el día 30 de Agosto de 2022 en la Caja de la Tesorería Municipal por medio del Recibo Nro. 009/2000048142 en concepto de “Certificado de Escribanía” (Recurso Derechos de Oficina).
El Capítulo XI “De las Exenciones y Eximiciones” Artículo 75º de la Ordenanza Fiscal e Impositiva Nro. 3941/2021 vigente para el Año 2022; y,
Considerando
Que el importe cobrado y posteriormente abonado resulta ser equivoco debido a que las normativas vigentes eximen a los beneficiarios del Programa Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única Familiar PRO.CRE.AR (Decreto Nacional Nº 902/2021 y sus modificatorios del pago de los Derechos de Oficina y los Derechos de Construcción.
Que en consecuencia, resulta procedente el reintegro/devolución del valor ingreso en concepto de “Derechos de Oficina”.
Por lo expuesto,
el Intendente Municipal de la Magdalena, en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Reintégrese, por los motivos expresados en el exordio, a la contribuyente MARÍA LUCIA CINKIEWICZ, DNI 34.044.402 –CUIL/CUIT/CUIM 27-34044402-2, la suma de $2.520,00 (Pesos dos mil quinientos veinte con cero centavos), abonado en fecha 30/08/2022 mediante recibo Nº 009/2000048142, en concepto de “Derechos de oficina (Certificado de Escribanía)”.
ARTÍCULO 2º: Líbrese Orden de Devolución a favor del contribuyente y por el importe consignados en el artículo precedente. El mismo será tomado con cargo a las Partidas correspondientes del Cálculo de Recursos del Municipio: “Derechos de oficina” (Cód. 1220200).
ARTÍCULO 3º: Autorícese a la Tesorería Municipal a proceder a la realización de una transferencia bancaria cuyo destinatario será la contribuyente en cuestión a fin de cumplir con las disposiciones del presente Decreto (datos CBU a fs. 6 de las presentes actuaciones).
ARTÍCULO 4º: El presente decreto será refrendada por el Sr. Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena, Cr. Andrés L. García.-
ARTÍCULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Cr. ANDRES GARCIA
Secretario de Hacienda