Boletines/Magdalena
Ordenanza Nº 4016/22
Magdalena, 07/09/2022
V I S T O:
Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra S N° 920/2022, referente a Licitación Privada Nº 11/2022 para la Provisión de 2100 m3 de arena fina para ejecutar obras de pavimento de hormigón, cordón cuneta, obras de hormigón y pavimento intertrabado en la localidad de Magdalena, Partido de Magdalena, Provincia de Buenos Aires”.
C O N S I D E R A N D O:
Que con fecha 23 de agosto de 2022, se realizó la apertura de sobres correspondientes al llamado a la Licitación Privada N° 11/2022.
Que el Acto de Apertura del Llamado contó con la participación de UN SOLO (1) oferente.
Que dicho oferente es la empresa "COMPAÑÍA FLUVIAL DEL SUD S.A." cuya documentación presentada en el Acto de Apertura reúne apropiadamente la totalidad de las exigencias del Pliego de Bases y Condiciones.
Que dicha firma cotiza la suma total de pesos nueve millones trescientos cuarenta y cinco mil ($ 9.345.000.- )
Que, visto el informe emanado por el Subsecretario de Obras y Servicios Públicos a fs, 104 quien aconseja adjudicar la oferta presentada por la empresa Compañía Fluvial del Sud S.A.
Que existe saldo favorable en la respectiva Partida Presupuestaria.
Que de acuerdo a lo normado en el Artículo 155 del Decreto – Ley 6769/58 de la Ley Orgánica de tas Municipalidades "la autoridad administrativa podrá resolver su aceptación con autorización del Concejo".
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Autorícese al Departamento Ejecutivo a Adjudicar a la Empresa/Firma “Compañía Fluvial del Sud S.A. (CUIT Nº 30-55458472-8) la Licitación Privada N° 11/2022 cuyo objeto es la “Provisión de 2100 m3 de arena fina para ejecutar obras de pavimento de hormigón, cordón cuneta, obras de hormigón y pavimento intertrabado en la localidad de magdalena, Partido de Magdalena, Provincia de Buenos Aires, por una suma total de PESOS NUEVE MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL ($ 9.345.000.-) cuya documentación obra en el expediente ut -supra mencionado.-
ARTICULO 2º: Aféctese las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción 5.000, Programa 01 Partida 2.8.4.0 "Piedra, Arcilla y Arena", con Fuente de Financiamiento 110 de Origen Municipal.-
ARTICULO 3º: Comuníquese, regístrese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAGDALENA EL DIA 07 DE SEPTIEMBRE DE 2022.-
Registrada bajo el nº 4016/22.-
fIRMADO: MARIEL SEMINO (PRESIDENTA)
RAUL GOMEZ (SECRETARIO)