Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 105
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 13/12/2022
VISTO las presentes actuaciones, en las cuales la Secretaría General solicita el pago por vía administrativa en favor del proveedor Panadería "El Crisol" Nueva Generación" CUIT N° 20-26832658-9, conforme a la factura N° 0005-00001095 de fecha 6 de diciembre de 2022, obrante a fs.2, por el importe de PESOS TREINTA Y TRES MIL NOVECIENTOS SESENTA ($33.960,00.-), correspondiente a la entrega de alimentos utilizados como agasajo a los invitados del Desfile Cívico - Militar del 9 de julio; y,
CONSIDERANDO
Que, conforme lo informado por el área solicitante, obrante a fs. 1, el servicio facturado por el mencionado proveedor no fue realizado a través de un suministro, tal como lo indica el proceso de contratación y compromiso dispuesto por el art. 123 del Reglamento de Contabilidad.-
Que, dichos alimentos se utilizaron en el ágape del Acto Oficial con motivo del Dia de la Independencia Argentina, organizado por la Oficina de Ceremonial y Relaciones Institucionales,
Que se agasajo a los invitados del Palco Oficial, el Palco del Honorable Concejo Deliberante y el Palco de Invitados, conforme listado obrante de fs. 3 a 5,
Que habiéndose prestado el servicio facturado por el Proveedor, corresponde reconocer la deuda y abonarla, atento que la solicitud del pedido es efectivamente solicitada por la Oficina de Ceremonial y Relaciones Institucionales,
Que, de mantener el estado de cosas actual, el Municipio habrá recibido por el mencionado Proveedor una prestación sin la contraprestación correspondiente, siendo que la primera tuvo origen en un vínculo que establecía obligaciones equivalentes para ambas partes.-
Que a fs. 1 vuelta obra la imputación efectuada por la Subdirección de Presupuesto.
Que el gasto efectuado, tal como el que aquí se solicita, se adecúa a los términos previstos por el Artículo 186º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-
Que, teniendo en cuenta la observación efectuada por la Contaduría General sobre las presentes actuaciones por incumplimiento del proceso de contratación (artículo 123 del Reglamento de Contabilidad), obrante a fs. 7, es que se insiste en el trámite de pago.-
Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1º) – Autorízase al Departamento Contaduría General a liquidar la suma de PESOS TREINTA Y TRES MIL NOVECIENTOS SESENTA ($33.960,00.-), al proveedor Panadería "El Crisol" Nueva Generación" CUIT N° 20-26832658-9, correspondiente al servicio prestado, a la entrega de alimentos utilizados como agasajo a los invitados del Desfile Cívico - Militar del 9 de julio y conforme a la documentación respaldatoria obrante en el presente expediente 110-221/2023, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.-
ARTICULO 2º ) - El gasto que demande el cumplimiento de la presente deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110101000, Categoría Programática 01.02.00, Gasto 2.1.1.0-
ARTICULO 3º) -Cúmplase, notifíquese, tomen nota Contaduría General, Departamento Tesorería, dése al R.O. y ARCHIVESE.-