Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 46
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 24/01/2023
Visto las presentes actuaciones mediante las cuales el Ing. Ángel Daniel SELVETTI solicita factibilidad para el uso “Servicios informáticos/electrónicos y asesorias técnicas profesionales a empresas y particulares (servicios IT, redes, servidores, laptop, etc.) y venta de insumos informáticos y/u otros afines” en el inmueble sito en calle Belgrano N.º 1223, identificado catastralmente como: Circunscripción: II – Sección D – Manzana 283 L – Parcela 28 – Partida 34041 y
CONSIDERANDO
Que a fojas 6, el Departamento Planeamiento Planeamiento Urbano informa que el inmueble pertenece a la zona Residencial de Transición (Zona R2), el cual se define como: “Constituye la transición entre el tejido urbano y el suburbano”.
Que el citado Departamento observa que el recurrente de fs. 2 no coincide con el titular de dominio ni destinatario (Decreto Nº 363/2011), que el Departamento Territorial menciona en su informe a fs. 3.
Que respecto al uso "Servicios informáticos/electrónicos y asesorias técnicas profesionales a empresas y particulares. Servicios IT, redes, servidores, laptop, etc." no se encuentra expresamente definido en el Código de Planeamiento Urbano, por lo que esta actividad deberá ser analizada en función de su magnitud, característica de los productos y su compatibilidad con la zona.
Que por lo mencionado, el Departamento Planeamiento Urbano requiere la intervención del Departamento Saneamiento Ambiental para su toma de conocimiento e informe.
Que el Departamento Saneamiento Ambiental a fs. 7, informa que la actividad se realizará en una vivienda particular, la misma se va a refaccionar, según indicó el propietario del lugar; linderos a la misma se encuentran 2 (dos) viviendas familiares; en el sector se hallan diferentes comercios y/o talleres (distribuidora, taller mecánico, entre otros); los impactos que se pueden generar de la actividad son: residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE), residuos sólidos urbanos, ruidos, proliferación de vectores que pueden ser minimizados mediante una adecuada gestión de los residuos (RAEE y RSU), aislación acústica, control de las especies nocivas.
Que en consecuencia, el Departamento Planeamiento Urbano expresa a fs. 10 que, teniendo en cuenta lo comunicado por el Departamento Saneamiento Ambiental, podría darse curso a la factibilidad del uso solicitado, condicionada a que el recurrente cumpla con todas las medidas tendientes a minimizar dichos impactos, mediante una adecuada gestión de los residuos (RAEE y RSU), aislación acústica y control de las especies nocivas.
Que se da intervención al Departamento Habilitaciones a fs. 10 vta. y a fs. 11 el recurrente presenta una nota mediante la cual expresa que no está solicitando la habilitación comercial del lugar sino la factibilidad de uso para un futuro local comercial de informática principalmente, pudiendo llegar a tardar un año o dos en concretar el proyecto.
Que a fs. 12 el Departamento Habilitaciones Comerciales remite estas actuaciones para que esta Subsecretaría se expida sobre la factibilidad de uso solicitada, a los efectos de la presentación de planos para la obra civil ante el Departamento Contralor de Obras Particulares.
Que el Subsecretario de Planificación y Desarrollo Urbano manifiesta a fs. 13 que, atento al uso solicitado y lo informado por el Departamento Saneamiento Ambiental a fs. 7, teniendo en cuenta que la actividad no se encuentra expresamente definida en el Código de Planeamiento Urbano, comparte lo expresado por el Departamento Planeamiento Urbano a fs. 10, en cuanto a que podría otorgarse la factibilidad requerida, siempre que se cumpla con las medidas tendientes a minimizar los impactos mencionados por el área ambiental, dado que se considera el uso solicitado asimilable al de "Máquinas de oficina", el cual, según el Cuadro de Usos Nº 1 se encuentra permitido en la zona. Y que una vez cumplimentada la vinculación tributaria entre el solicitante y el titular del inmueble, se sugiere la redacción del correspondiente acto administrativo que otorgue la factibilidad requerida.
Que se agrega desde fs. 14 a 20 inclusive la documentación mediante la cual se realiza la vinculación entre el propietario del inmueble y el solicitante.
Por todo lo expuesto, el SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA A CARGO, en uso de las facultades que le confiere el Artículo 182 de la Ley Orgánica de las Municipalidades
RESUELVE
PRIMERO: Otorgar factibilidad para el desarrollo del uso “Servicios informáticos/electrónicos y asesorías técnicas profesionales a empresas y particulares (servicios IT, redes, servidores, laptop, etc.) y venta de insumos informáticos y/u otros afines” en el inmueble sito en calle Belgrano N.º 1223, identificado catastralmente como: Circunscripción: II – Sección D – Manzana 283 L – Parcela 28 – Partida 34041, asimilable al uso "Máquinas de oficina", el cual, según el Cuadro de Usos Nº 1 del Código de Planeamiento Urbano se encuentra permitido en la zona Residencial de Transición (Zona R2), y en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente y a los antecedentes obrantes en el Expediente 0/00-9153/2022.-
SEGUNDO: La factibilidad autorizada en el Artículo primero se otorga hasta el 31/12/2028 o mientras subsista la actividad, condicionada a:
Cesar toda actividad ante cualquier denuncia fundada, so pena de clausura automática;
Mínimizar los impactos mediante una adecuada gestión de los residuos (RAEE y RSU), aislación acústica y control de las especies nocivas.
TERCERO: Cúmplase, notifíquese, dése al R.O., tomen nota a sus efectos la Subsecretaría de Planificación y Desarrollo Urbano, los Departamentos Planeamiento Urbano, Habilitaciones Comerciales, Contralor de Obras Particulares y demás dependencias municipales que correspondan.-