Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 214
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 25/01/2023
Visto el estado de las presentes actuaciones por las que se suscribiera un contrato de locación con el señor Pascual Nicolás De Fino, por el alquiler del local nro.1, ubicado en el inmueble sito en calle Saavedra nº 102, para el funcionamiento del Centro de Monitoreo del Municipio, cuyo ejemplar corre agregado de fojas 25 a 27; atento a que el mismo fue registrado mediante Decreto Nº 3381/2022, dictado el día 25 de noviembre de 2022 y,
Considerando:
Que de la lectura de dicho decreto se ha detectado la comisión de varios errores involuntarios, que deben ser subsanados, en particular la C.U.I.T. del Sr. De Fino, consignada en el artículo primero, como así también dejar expresamente aclarado en el artículo segundo las liquidaciones que debe efectuar la Contaduría General en concepto de honorarios, tal lo pautado en la cláusula décimo primera del contrato.
Que por otra parte, tal lo indicado a fojas 30 por la Subdirección de Presupuesto, se deberá rectificar el artículo 4º del antedicho Decreto, en cuanto a la partida presupuestaria afectada para el gasto del servicio de agua.
Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- D E C R E T A -
ARTICULO 1º) - Modifícase el artículo primero del Decreto Nº 3381/2022, el cual quedará redactado de la siguiente forma:------------------------------------------------------------------------------
"Artículo 1º) Dar por aprobado en todas sus partes el contrato de locación celebrado entre el señor Pascual Nicolás De Fino, C.U.I.T. 20-94137586-4, y la Municipalidad de Bahía Blanca, por el alquiler del local nro.1, ubicado en el inmueble sito en calle Saavedra nº 102 de la ciudad de Bahía Blanca, según surge de la copia del plano que forma parte del acuerdo, cuyos datos catastrales son: Circunscripción 1, Sección A, Manzana 67 e, Parcela 1, Partida 007-6392, con vigencia desde el 1º de noviembre de 2022 y hasta el 31 de octubre de 2025.-"
ARTICULO 2º) - Modifícase el artículo segundo del Decreto Nº 3381/2022, el cual quedará redactado de la siguiente forma:------------------------------------------------------------------------------
"Artículo 2º) Autorizase a la Contaduría General a liquidar las sumas acordadas en el aludido contrato, precisamente en las cláusulas tercera, referida al monto de alquiler mensual, y séptima, respecto a los servicios y tasas por el uso del inmueble, conforme a lo estipulado en las mismas y contra la presentación de las facturas correspondientes; en cuanto a lo indicado en la cláusula décimo primera, autorízase a abonar en concepto de honorarios la suma de pesos ciento ochenta y nueve mil ($ 189.000 ) al profesional letrado Sr. Mariano Segre, C.U.I.T. 20-22053790-1.-"
ARTICULO 3º) - Modifícase el artículo cuarto del Decreto Nº 3381/2022, el cual quedará redactado de la siguiente forma:------------------------------------------------------------------------------
"Artículo 4º) - Los gastos que demanden el cumplimiento del presente deberán imputarse de la siguiente manera:
Fuente 110, Jurisdicción 1110104000, Categoría Programática: 01.09, Gasto: 3.2.1.0., por alquiler mensual y honorarios profesionales.
Fuente 110, Jurisdicción 1110105000, Categoría Programática: 01.03, Gasto: 3.1.2.0., por el servicio de agua corriente.
Fuente 110, Jurisdicción 1110105000, Categoría Programática: 01.06, Gasto: 3.1.1.0., por el servicio de energía eléctrica.
Fuente 110, Jurisdicción 1110104000, Categoría Programática: 01.03, Gasto: 3.1.3.0., por el servicio de gas natural."
ARTICULO 4º) - Cúmplase, dése aL R.O., tome nota Contaduría General, Subsecretaría de Protección Ciudadana y gírese al Honorable Concejo Deliberante para su convalidación; hecho, RESERVESE-