Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 193
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 24/01/2023
Visto el presente expediente, mediante el cual tramita el pago de la redeterminación de precios definitiva correspondiente al Certificado Nº 1 de la obra: "ILUMINACIÓN LED CALLE SALLIQUELO, MELIPAL Y MACROCENTRO”, ejecutada por la empresa ELECTROMECANICA R.I. y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 el Departamento Alumbrado Público informa que por expte. N° 0-4477-2020 (HCD-471-2020), Decreto N°1505/2020 la Municipalidad de Bahía Blanca establece la posibilidad de redeterminar definitivamente los contratos de obra pública, regidos por el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales del Municipio, según Ley Provincial N° 6021. Por lo tanto, habiéndose publicado los índices del Ministerio de infraestructura de la Provincia (Decreto 2113/02), se presenta la redeterminacion definitiva del Certificado N° 1 de la obra.
Que se elevan planillas de análisis de precios redeterminados del certificado Nº 1, para la obra a cargo de la Empresa ELECTROMECANICA R.I. cuya Fecha de licitación: 28/07/2022, Fecha de Contrato: 25/08/2022, Plazo de obra: 120 días, Fecha de Inicio de Obra: 19/07/2021.
Que a fs 2 el Departamento Técnico a encontrado diferencias entre la redeterminación realizada por ellos y la redeterminación presentada por la empresa, entre los Valores de Referencia y los Valores de Coeficiente. Ademas observa que en el ítem 1.1.5 a fojas 96, no se tuvo en cuenta los gastos financieros, generales e impositivos, y hubo errores aritméticos.
Certificado N° 1: ( Se produce una variación de precios del 20,09%, superior al 5% entre los precios unitarios redeterminados al mes de ejecución del Certificado N° 1 y los precios unitarios de la licitación ( Julio - 2022), por lo cual correspondería actualizar el certificado a los precios redeterminados al mes de Septiembre - 2022 ).
Mes de ejecución de los trabajos: Septiembre 2022.
Fecha de publicación indices de Septiembre 2022: 02/11/2022.
Fecha de Presentación empresa: 04/12/2022 presentada dentro de los plazos previstos por el Art. 92, inc b) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
Total a abonar CERTIFICADO N° 1 (definitivo): $ 2.794.982,36 (Actualizado a Septiembre - 2022)
Que a fojas 169 el informe de la abogada del Municipio deja constancia que el análisis deberá ajustarse a lo establecido por el Art. 92° inc. b del Pliego de Bases y Condiciones Generales, respecto a los plazos previstos, en caso que exista extemporaneidad en la presentación de los pedidos de redeterminación, dejando aclarado que la misma deberá rechazarse. Agrega en su dictamen que en el presente caso no hay impedimento legal alguno para la aprobación del pedido de redeterminación en carácter definitivo según Decreto provincial n° 2113/02 conforme a los términos del informe técnico, por lo cual el mismo debe prosperar en los términos y condiciones establecido por el Pliego de Bases y Condiciones.
Por lo expuesto, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en el presente expediente, de los que surge que corresponde aprobar la redeterminación, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
D E C R E T A
Artículo 1º: Aprúebase la Redeterminación de Precios Definitiva presentada por la empresa ELECTROMECANICA R.I. por el Certificados N.º 1 de la obra: "ILUMINACIÓN LED CALLE SALLIQUELO, MELIPAL Y MACROCENTRO", resultando la suma a abonar de PESOS DOS MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS CON TREINTA Y SEIS CENTAVOS ($ 2.794.982,36), en un todo de acuerdo con los considerandos y antecedentes obrantes en el Expte. 437R-346-2023.-
Artículo 2º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 131, Jurisdicción 1110105000, Cat. Progr. 51.75.00, Gasto 4.2.2.0 del Presupuesto de Gastos vigente. El pago de la presente redeterminación se realizará por expedientillo.-
Artículo 3º: Cúmplase; dése al RO.; pase al Departamento Compras para la confección de la orden de compra correspondiente, notifíquese a la firma ELECTROMECANICA R.I. por intermedio del Departamento Alumbrado Público, tome conocimiento la Dirección General de Electricidad, Alumbrado y Cementerio; Cumplido, ARCHÍVESE.-