Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº25

Resolución Nº 25

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 13/12/2022

VISTO el artículo 1° de la ley 14.656 (Régimen Marco de Empleo Municipal) y el artículo 30° del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales de Bahía Blanca aprobado por Ordenanza N° 18601 y,

CONSIDERANDO;

Que siguen vigentes las necesidades de servicio que oportunamente fundamentaron la prolongación de la jornada horaria semanal de agentes de planta permanente de la dependencia solicitante, siendo necesario proceder a prorrogar las mismas.

Que el presente acto administrativo culmina un proceso desarrollado íntegramente en forma digital, conforme a lo establecido en el Decreto N° 1209/2016 (Sistema de Gestión de Documentos Electrónicos) y el Decreto N° 1354/2016 (Sub-Módulo Renovación de Ampliaciones Horarias) y su Anexo II, en el que intervinieron la dependencia solicitante, la Subdirección de Capital Humano, la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General.

Por lo expuesto precedentemente el Sr. INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades;

- R E S U E L V E -

ARTICULO 1º) - Prorrógase a partir del 1º de enero de 2023 y hasta el 31 de diciembre del 2023 la ampliación de la jornada horaria a cuarenta (40) horas semanales, de cada uno de las/los agentes que se detallan a continuación:

LEGAJO APELLIDO Y NOMBRE NRO. OFICINA CAT.  
13427 CHACON SILVIA VANESA 101 04.03A
15755 CABARGA MARIA DE LOS ANGELES 101 03.04A
16381 MANDOLESI NICOLAS 101 05.04D

ARTICULO 2º) - Prorrógase a partir del 1º de enero y hasta el 31 de diciembre del 2023 la ampliación de la jornada horaria a cuarenta y ocho (48) horas semanales, del agente VAL FABIAN ALFREDO, legajo N° 13350, categoría 02.01A, dependiente de la Secretaría de Producción (oficina 101).

ARTICULO 3º) - Déjase constancia que las ampliaciones horarias otorgadas en los artículos precedentes, responden estrictamente a razones de servicio de la SECRETARIA DE PRODUCCION.

ARTICULO 4º) - Déjase constancia que vencido el período dispuesto para las ampliaciones horarias y en caso de que persistan las necesidades que motivan las mismas, se efectuará una nueva evaluación, previo informe del Jefe del área sobre el desempeño de los agentes.

ARTICULO 5º) - Hágase saber a la Secretaría de Producción que deberá informar debidamente al Departamento Administración del Personal la modalidad de cumpliento de la jornada prolongada de los agentes mencionados anteriormente.

ARTICULO 6º) - El gasto dispuesto en los artículos precedentes deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110120000, Actividad Programática 01.01.00, Gasto 1.1.1.2, 1.1.1.3, 1.1.1.4, 1.1.1.5, .

ARTICULO 7º) - Cúmplase, notifíquese, tomen nota Departamento Administración de Personal, Subdirección de Presupuesto, Departamento Contaduría General, Dirección General de Capital Humano, dése al R.O., cumplido: ARCHÍVESE.-