Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº6

Resolución Nº 6

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 04/01/2023

Visto las presentes actuaciones iniciadas por la Cooperativa de Trabajo Villa Rosas Limitada, la cual ha sido contratada por los vecinos frentistas para la realización de la obra  "Ejecución de Cordón cuneta y Badén en las arterias El Resero entre Mitre y Alvarado" , de la ciudad de Bahía Blanca mediante la modalidad por Costo Cubierto,  y

CONSIDERANDO:

Que de fojas 28 a 32, el Departamento Vialidad informa las especificaciones técnicas a cumplir por la Cooperativa de Trabajo contratada, acompañando proyecto de niveles donde se realizará la obra.

Que la presente obra se realizará a través del Sistema de Costo Cubierto, es decir a cuenta y riesgo de la Cooperativa de Trabajo Villa Rosas Limitada, no imponiéndose  contribución de los vecinos no adherentes conforme al Artículo  9 b) Ordenanza General 2082.

Que a fojas 8, el Departamento de Ingresos y Política Fiscal informa que la Cooperativa  mencionada se encuentra al día con los pagos, conforme lo previsto en el articulo 22º de la Ordenanza Fiscal vigente.

Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

                                                     

                                                          R E S U E L V E

ARTICULO 1°: Autorízase a la Cooperativa de Trabajo Villa Rosas Limitada a realizar la obra "Ejecución de Cordón cuneta y Badén en las arterias El Resero entre Mitre y Alvarado ", de la ciudad de Bahía Blanca, a través del sistema de Costo Cubierto, que no impone contribución de los vecinos no adherentes conforme al Artículo 9 b) Ordenanza General 2082.-

ARTICULO 2°: Las obras se ejecutarán de acuerdo a los planos y Especificaciones del Departamento Vialidad, según el detalle obrante a fojas 28/32 del expediente 0-8232-2022.-

ARTICULO 3°: La Cooperativa de Trabajo Villa Rosas Limitada deberá dar cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza N.º 12.827/04 y las "Normas sobre cortes de Calzadas y Veredas" y proceder a la señalización diurna y nocturna de la obra, señalar de día con letreros y señales reglamentarias, según planos, y por la noche con luces de peligro con luces reglamentarias alimentadas con 12 o 24 volts, toda interrupción y obstáculo en la zona de tránsito donde exista peligro para el mismo, aplicándosele en cada oportunidad de cada transgresión comprobada por la Inspección, una multa de acuerdo a la Ordenanza Impositiva vigente, haciéndose pasible a las penalidades por daños y perjuicios, establecidas en el Artículo 41º de las Especificaciones Legales Generales.

Ante la interrupción total o parcial de la calzada se deberá comunicar, y tramitar en la Dirección de Tránsito Municipal, su permiso con una anticipación mínima de 5 (cinco) días.

La Cooperativa deberá presentar un Croquis de Obra con su Computo Métrico (esta información certificada  por el Representante Técnico de la Empresa) y certificados de IERIC Y Política Fiscal.

ARTICULO 4º: Para el inicio de los trabajos, la Cooperativa deberá comunicarse con el Departamento Inspecciones Obras Viales y Servicios a los fines de, comunicar la fecha de comienzo de los mismos, además de presentar:

  • Interferencias de servicios públicos (EDES, CAMUZZI GAS PAMPEANA, ABSA y TELEFONICA).
  • Contrato de Representación Técnica, copia de boleta de aportes previsionales y planilla anexa, todo debidamente visado por el Colegio de Ingenieros.
  • Copias de las Pólizas contratadas, de los planes de pagos acordados y de los respectivos recibos de pago, de los Seguros correspondientes al personal, al equipo que afecte a estos trabajos, contra-terceros, de responsabilidad civil y de la rama de responsabilidad civil, realizados conforme a la Ley vigente en la materia.

Los seguros contratados deberán otorgar cobertura contra accidentes de trabajo, enfermedades laborales, accidentes de tránsito, daños a personas, a bienes muebles, a bienes inmuebles y a instalaciones, daños al equipo, etc., de cualquier índole y por cualquier motivo, producidos u ocasionados en la ejecución de los trabajos asignados, durante el horario de trabajo y en los trayectos desde y hacia el lugar de guarda del equipo.

La cobertura por responsabilidad civil cubrirá un monto de $ 6.000.000 (Pesos SEIS MILLONES), designando como coasegurado a la Municipalidad de Bahía Blanca.

Dicha presentación incluirá las constancias certificadas emanadas de las respectivas Compañías Aseguradoras, conteniendo los listados completos del personal y de los equipos que empleará para la ejecución de la obra; dichos listados contendrán datos completos tanto del personal como de los equipos que los identifiquen de modo indubitable.

La Cooperativa deberá presentar, obligatoriamente, copia certificada del recibo o factura que testimonie, fehacientemente, el cumplimiento de las obligaciones emanadas del plan de pagos acordado para la Póliza contratada; la fecha de pago deberá ser inexcusablemente, coincidente o anterior a la establecida en el correspondiente plan de pagos.

Además, y previo al Replanteo de los trabajos, la Cooperativa deberá presentar la documentación necesaria para dar cumplimiento a la Resolución N° 181/95 de ENARGAS.

Recepcionada  la obra y en un plazo no mayor de 5 días, la Cooperativa deberá presentar en el Departamento Vialidad, Planos conforme a obra con toda la nivelación de cordones cunetas.

ARTICULO 5°: El plazo de ejecución de la obra será de Treinta (30) días corridos a contar desde la autorización de la Municipalidad de Bahía Blanca.

ARTICULO 6°: Plazo de Conservación de la Obra sera de Doce (12) meses a partir de la fecha del Acta de Recepción Provisoria.

ARTICULO 7°: La Cooperativa realizará el pago del 1% del Presupuesto de Obra según Ordenanza Impositiva vigente, Art. 25°, previo a la Recepción Provisoria de Obra.

ARTICULO 8°: Cúmplase; dése al R.O.; Notifíquese a la Cooperativa de Trabajo Villa Rosas Limitada  por intermedio del Departamento Vialidad. Tomen conocimiento los Departamentos Vialidad, Inspecciones Obras Viales y Servicios, Territorial, División Central Territorial de Datos, Dirección de Tránsito  Cumplido; ARCHIVESE.