Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº38

Resolución Nº 38

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 16/01/2023

Visto las presentes actuaciones, relacionadas con el
pago de subvenciones de Curaduría Oficial de Alienados, considerando que se trata de
ayudas económicas transitorias a personas que no tienen las necesidades básicas
satisfechas y/o familiares, en razón de la demanda en problemáticas de salud, teniendo en
cuenta que cada apoyo económico viene siendo tramitado hasta la actualidad con el
seguimiento correspondiente por parte de la trabajadora social donde consta los
movimientos de cada beneficiario, ya sean bajas, altas y modificaciones, considerando que
resulta necesario dar continuidad a los beneficios brindados por este Municipio, y atento
que los beneficiarios involucrados aún permanecen en la misma situación de vulnerabilidad
social, en base a la imputación de la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General, el
INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,


- R E S U E L V E -


PRIMERO: Autorizar a Contaduría General a liquidar a favor de los beneficiarios detallados
a continuación, los montos que se mencionan en cada caso, referidos a las ayudas
económicas que fueron solicitadas a través de Curaduría Oficial de Alienados y otorgadas
por la División Servicio Social, correspondiente al mes de enero de 2023:

SEGUNDO: Dar de baja las ayudas económicas que fueron solicitadas a través de
Curaduría Oficial de Alienados y otorgadas por la División Servicio Social, a partir del mes
de enero de 2023, según el siguiente detalle:

TERCERO: El presente gasto deberá imputarse a la Jurisdicción: 1110106000, Fuente: 110,
Cat. Programática: 64.00, Gasto: 5.1.4.0, la suma total de pesos novecientos un mil
quinientos ($901.500.-).
CUARTO: Cúmplase, tomen nota Subdirección de Planificación y Presupuesto y
Contaduría General, Dirección General de Acción Social; dése al R.O. y ARCHIVESE.

 

"Los datos contenidos en el presente Acto Administrativo, se encuentran protegidos por Ordenanza 16.792, que establece la aplicación del criterio de disociación de datos para la publicación de la información relativa a los beneficiarios de Planes Sociales y expresamente prohíbe la publicación de nombre, apellido y domicilio de los beneficiarios."