Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº23

Resolución Nº 23

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 13/01/2023

Visto las presentes actuaciones, referente a la adscripción del agente Carlos Osvaldo ANGULO, Legajo Nº 15.809, dependiente del Espacio Primera Infancia Mi Lugar (Oficina Nº 702) a la Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia (Oficina 593). Considerando que según lo establecido en el Art. 20º del Convenio Colectivo de Trabajo: “Un agente reviste como adscripto cuando es destinado a ejercer sus funciones en un área Municipal distinta a la que le es propia y en forma transitoria a requerimiento del área solicitante y para cumplir funciones propias de la competencia específica de esta. La situación de Adscripto de un trabajador Municipal, no podrá exceder el termino máximo de 1 año (un año), y solo en casos excepcionales y previa fundamentación podrá prorrogarse por 6 meses más. Superados dichos lapsos debe ser absorbido por ente requirente o, en caso contrario retornar a su lugar de origen. Los plazos señalados comenzarán a computarse a partir de la fecha de sanción de la Ordenanza que apruebe el presente, careciendo lo dispuesto de retroactividad alguna”. Contando con el aval de ambas dependencias y en virtud de lo establecido por la Junta de Calificaciones, Ascensos y Promociones a fs. 10, por la Subdireccion de Capital Humano a fs. 11 y a fin de dictar el acto administrativo correspondiente; el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

 

- R E S U E L V E -

 

PRIMERO: Adscribir al agente Carlos Osvaldo ANGULO, Legajo Nº 15.809, quien reviste en categoría 06/5A, desde el Espacio Primera Infancia Mi Lugar (Oficina Nº 702) a la Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia (Oficina Nº 593), manteniendo su categoría de revista y su jornada horaria de treinta (30) horas semanales, a partir del día de su notificación, y por el término de seis (seis) meses.  

SEGUNDO: Cúmplase, Notifiquese, tome nota Departamento Administración del Personal, Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia; dése al RO y ARCHIVESE.