Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº47

Resolución Nº 47

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 12/01/2023

Visto estos actuados, atento al informe presentado a fs.18 por la Subsecretaría de Deportes, referidos a la recategorización y ampliación horaria de los agentes Luciano Andrés Pérez, legajo Nº 13.437 y Edgardo Mariano LASARTE, legajo Nº 13.872, atento a las tareas especiales que se desarrollan en la época estival en el Balneario Maldonado, relacionadas a la labor de guardavidas y, teniendo en cuenta el informe de la Subdirección de Capital Humano a fs. 26 y conforme la imputación realizada por la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General a fs.26 vta.; el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades, 

RESUELVE

Artículo 1º): Designar con carácter de interino en categoría 04/1A al agente Luciano Andrés PÉREZ, legajo Nº 13.437, dependiente de la Subsecretaría de Deportes (Oficina Nº 527), manteniendo su jornada horaria de treinta (30) horas semanales y su categoría efectiva para desarrollar tareas de guardavidas, a partir del 1º de diciembre de 2022 y hasta el 28 de febrero de 2023.-

Artículo 2º): Ampliar a cuarenta y ocho (48) horas semanales la jornada horaria del agente Luciano Andrés PÉREZ, legajo Nº 13.437, categoría 04/1A, dependiente de la Subsecretaría de Deportes (Oficina Nº 527), a partir del 1º de diciembre de 2022 y hasta el 28 de febrero de 2023.-

Artículo 3º): Designar con carácter interino en categoría 04/1A al agente Edgardo Mariano LASARTElegajo Nº 13.872, dependiente de la Subsecretaría de Deportes (Oficina Nº 527), manteniendo su jornada horaria de treinta (30) horas semanales y su categoría efectiva, para desarrollar tareas de guardavidas, a partir del 1º de diciembre y hasta el 28 de febrero de 2023.-

Artículo 4º): Ampliar a cuarenta y ocho (48) horas semanales la jornada horaria del agente Edgardo Mariano LASARTE, legajo Nº 13.872, categoría 04/1A, dependiente de la Subsecretaría de Deportes (Oficina Nº 527), a partir del 1º de diciembre y hasta el 28 de febrero de 2023.-

Artículo 5º): Déjase establecido que, vencido el periodo determinado precedentemente, los agentes en cuestión retornarán a la situación de revista y carga horaria habitual.-

Artículo 6º): El gasto dispuesto precedentemente deberá imputarse a la Fuente: 110, Jurisdicción: 1110104000, Cat. Prog.: 01.01.00, Gasto: 1.1.1.4.-

Artículo 7º): Cúmplase, notifíquese, tomen nota Departamento Administración de Personal, Subdirección de Capital Humano, Subsecretaría de Deportes, Subdirección de Presupuesto, Contaduría General, dese al R.O y RESÉRVESE.-