Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 404
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 05/12/2022
Visto lo solicitado a fs. 1 por el agente Angulo Carlos Osvaldo, legajo N° 15.809, dependiente de Espacio Primera Infancia "Mi Lugar" (oficina Nº 702), con respecto al reconocimiento de servicios en carácter de becario de la Municipalidad de Bahía Blanca, en el período comprendido entre el 1/2/2011 al 30/11/2013 y entre el 1/12/2013 al 12/05/2015, y de diferencias salariales producto de ese reconocimiento de dos (2) años anteriores a la fecha de la solicitud (16 de Noviembre de 2022) de acuerdo al Artículo 2562 inc. C del Código Civil y Comercial y;
CONSIDERANDO
El informe y la documentación pertinente agregada por el Departamento de Administración de Personal a fojas 2 y 3 y contando con la intervención de la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General a fojas 4; el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades
- R E S U E L V E -
PRIMERO: Hacer lugar a lo solicitado por el agente Angulo Carlos Osvaldo, D.N.I. Nº 28.296.512, legajo N° 15.809, reconociendo los servicios desempeñados para la Municipalidad de Bahía Blanca como becario, por el término de cuatro (4) años, tres (3) meses y doce (12) días.-
SEGUNDO: El reconocimiento realizado mediante el artículo primero se efectuará a partir de la fecha de interposición de reclamo por parte del agente interesado, 16 de Noviembre de 2022, y al solo efecto de la percepción de la bonificación por antigüedad y el usufructo de la la licencia anual ordinaria, dejando expresa constancia que quedará exclusivamente a cargo del agente la realización de los trámites pertinentes por ante el Instituto de la Previsión de Buenos Aires (I.P.S) a los fines de la obtención de reconocimiento de servicios en el ámbito previsional.
TERCERO: El pago de la Bonificación por Antigüedad será aplicado en concordancia con lo establecido en la Ordenanza 18008/2014 y el Decreto Reglamentario 3855/2014 de la siguiente forma:
Desde | Hasta | |
01/02/2011 | 31/12/2014 | 3 años y 11 meses al 1% sobre sueldo básico |
01/01/2015 | 12/05/2015 | 4 meses y 12 días al 3% sobre sueldo básico |
CUARTO: Hacer lugar a lo solicitado por el agente Angulo Carlos Osvaldo,legajo N° 15.809, en cuanto al reconocimiento de las diferencias salariales no prescriptas de dos (2) años anteriores al 16 de noviembre de 2022, de acuerdo a lo establecido por el art. 2.565 inc. C del Código Civil y Comercial, previa autorización del Honorable Concejo Deliberante en cumplimiento del artículo 140º del Reglamento de Contabilidad y 54º del Decreto Provincial 2.980/00.-
QUINTO: El gasto que se origine deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110106000, Actividad Programática 01.01.00, Gasto 1.1.3.1.
SEXTO: Cúmplase, notifíquese al interesado; tomen conocimiento el Departamento Administración del Personal, Subdirección de Presupuesto, Contaduría General, Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia, dese al R.O y ARCHÍVESE.-