Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 1028
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 16/12/2022
Visto lo solicitado a fs. 1 por la agente Claudia Alejandra Rubio, Legajo Nº 13468, dependiente de la Dirección Adjunta de Turismo (Oficina Nº 793), con respecto al reconocimiento de servicios en carácter de becario de la Municipalidad de Bahía Blanca en el periodo del 01/04/2001 al 31/01/2007 y de diferencias salariales producto de ese reconocimiento de dos (2) años anteriores a la fecha de solicitud (6 de diciembre de 2022) de acuerdo al Articulo 2562 inc. C del Código Civil y Comercial y;
CONSIDERANDO:
El informe y la documentación pertinente agregado por el Departamento Administración Personal a fojas 2, 3 y 4 y contando con la intervención de la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General a fojas 5; el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
- RESUELVE-
ARTÍCULO 1°:Hacer lugar a lo solicitado por la agente Claudia Alejandra Rubio, legajo Nº 13468, dependiente de la Dirección Adjunta de Turismo (Oficina Nº 793), reconociendo los servicios desempeñados para la Municipalidad de Bahía Blanca como personal becario, por el término de CINCO (5) años y DIEZ (10) meses.-
ARTÍCULO 2°: El reconocimiento realizado mediante el artículo 1º se efectúa a partir de la fecha de interposición del reclamo por parte de la agente interesada, 6 de diciembre de 2022, y al sólo efecto de la percepción de la Bonificación por Antigüedad y el usufructo de Licencia Anual Ordinaria, dejando expresa constancia que quedará exclusivamente a cargo del agente la realización de los trámites pertinentes ante el Instituto de previsión Social de la Provincia de Buenos Aires (I.P.S,) a los fines de la obtención de reconocimiento de servicios en el ámbito previsional.-
ARTÍCULO 3°: El pago de la Bonificación por Antigüedad será aplicando el 1% sobre su sueldo básico sobre la totalidad de los servicios reconocidos en el artículo primero, esto en concordancia con los establecido en la Ordenanza 18008/2014 y Decreto Reglamentario 3855/2014.
ARTICULO 4°: Hacer lugar a lo solicitado por la agente Claudia Alejandra Rubio, legajo Nº 13468, en cuanto al reconocimiento de las diferencias salariales no prescriptas de dos (2) años anteriores al 6 de diciembre de 2022 de acuerdo a lo establecido por artículo 2562 inc. C del Código Civil y Comercial, previa autorización del Honorable Concejo Deliberante en cumplimiento del articulo 140° del Reglamento de Contabilidad y 54° del Decreto Provincial 2980/00.-
ARTÍCULO 5°: El gasto dispuesto precedentemente deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110104000, Cat. Prog. 01.01.00, Gasto 1131.-
ARTÍCULO 6°: Cúmplase, notifíquese, dése al R.O, pase a conocimiento e informe del Departamento Administración de Personal, tome nota la Subdirección de Capital Humano, Subdirección de Presupuesto y Departamento de Contaduría, hecho, vuelva para la redacción del correspondiente proyecto de ordenanza.-