Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº180

Decreto Nº 180

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 23/01/2023

Visto las presentes actuaciones, relacionadas con el funcionamiento de la Oficina Municipal de Personerías Jurídicas, como nexo con la Dirección de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires, a fin de realizar todos los trámites inherentes para la obtención de la personería jurídica de las Instituciones de Bahía Blanca, de acuerdo al convenio de Colaboración celebrado entre este Municipio y el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Buenos Aires obrante a fs. 2 a 4 del Expediente 510-8555-2010 que integra los presentes actuados;

CONSIDERANDO

Que es de real importancia contar con esta Oficina a nivel municipal a fin de lograr que las Asociaciones Civiles, Sociedades de Fomento, Juntas Vecinales y demás Entidades de la Sociedad Civil de esta ciudad adecuen su constitución y funcionamiento a las normas vigentes con reconocimiento de su personería jurídica y atento a la designación de la Sra. Marisa Pignatelli, D.N.I. 14.853.351 como Directora General de Acción Social dependiente de la Secretaria de Políticas Sociales, obrante en el Expediente 510-9451-21, a partir del día 1 de enero de 2022.

Por lo expuesto, y con el fin de no resentir la prosecución de los trámites que se realizan en la dependencia municipal mencionada, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

- D E C R E T A -

PRIMERO: Déjese sin efecto la atención y firma de toda actuación administrativa que la Oficina Municipal de Personas Jurídicas deba realizar ante la Dirección de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires, delegada a la Sra. Mónica Gabriela De Napoli, D.N.I. 26.333.210, a partir del día 1 de enero de 2023, atento a lo expuesto en los considerandos del presente.

SEGUNDO: Deléguese en la señora Directora General de Acción Social, Marisa Pignatelli, D.N.I. 14.853.351, la atención y firma de toda actuación administrativa que débase gestionar ante la Dirección de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires, a partir del 1 de enero de 2023.

TERCERO: Déjese constancia que en todo acto administrativo que se dicte con fundamento en las facultades delegadas en el artículo precedente deberá consignarse tal circunstancia.

CUARTO: Cúmplase, remítase copia del presente Decreto a la Dirección de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires, dése al R.O., hecho, ARCHIVESE.-