Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº3988

Resolución Nº 3988

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 14/12/2022

Visto las presentes actuaciones, atento la nota presentada a foja 2 por CELIA ANALIA DELGADO, DNI N° 33.560.443, por la cual solicita la exención en el pago de los Derechos de Construcción correspondientes al expediente Nº 703-D-2022, Partida N° 115.878, y;

CONSIDERANDO:

Que, a fojas 6 el Departamento Contralor Obras Particulares informa que el expediente Nº 703-D-2022 fue aprobado el 22 de septiembre de 2022 y que el monto correspondiente a Derechos de Construcción asciende a la suma de $42.127,02;

Que, la Ordenanza Nº 17.112 en su Artículo Nº 5 prescribe: “Exímase del pago de los Derechos de Construcción establecidos en el Título IX, Parte Especial de la Ordenanza Fiscal y Capítulo IX, de la Ordenanza Impositiva a las edificaciones que se efectúen en el marco del PROGRAMA CREDITO ARGENTINO DEL BICENTENARIO PARA LA VIVIENDA UNICA FAMILIAR (PRO.CRE.AR.), de conformidad con las pautas que se establezcan en el contrato de fideicomiso previsto por el Artículo 10º y ccs. del Decreto PEN 902/12.-”;

Que, el Artículo Nº 40 de la Ordenanza Fiscal vigente prescribe: “Es facultad del Departamento Ejecutivo el resolver la compensación, de oficio o a pedido del contribuyente, de los saldos acreedores que mantengan ante esta Comuna con los importes o saldos adeudados por los mismos por gravámenes de cualquier naturaleza, aunque se refieran a distintas obligaciones impositivas, salvo cuando se opusiera y fuera procedente la excepción por prescripción. La compensación deberá hacerse, en primer término, con las multas y recargos que adeude...”;

Por todo ello, y en virtud de lo informado por el Departamento Recaudación a fojas 8, el  INTENDENTE MUNICIPAL  en uso de sus facultades:

- R E S U E L V E -

ARTÍCULO 1º):  Exímase a la Partida N° 115.878, del pago de los Derechos de Construcción correspondientes al expediente Nº 703-D-2022, en un todo de acuerdo a lo prescripto por el Artículo Nº 5 de la Ordenanza N° 17.112 y a los considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 2º):  Debítase de la Partida N° 115.878 (Plan de Pagos N° 44-0212586) la suma de PESOS TRECE MIL SETENTA Y CUATRO CON TREINTA Y OCHO CENTAVOS ($13.074,38), en concepto de Derechos Construcción, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Artículo Nº 40 de la Ordenanza Fiscal vigente.

ARTÍCULO 3º): Acredítase a futuros vencimientos de la Partida N° 115.878, la suma de PESOS TRECE MIL SETENTA Y CUATRO CON TREINTA Y OCHO CENTAVOS ($13.074,38), en concepto de Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación de la Vía Pública y Tasa de Salud, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Artículo Nº 40 de la Ordenanza Fiscal vigente.

ARTÍCULO 4º): Cúmplase, notifíquese, dése al RO, tome nota a sus efectos Departamento de Recaudación; y hecho, ARCHÍVESE.-