Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 551
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 29/12/2022
Visto la Ordenanza N° 13.096 y su Decreto Reglamentario Nº 848/05, estableciendo el régimen de funcionamiento de las Unidades Sanitarias e instrumentando un subsidio anual de asistencia económica para gastos de mantenimiento y servicios a las Organizaciones Comunitarias en cuyas sedes funcionan dichos servicios de atención primaria de la salud dependientes de esta Comuna.
Considerando que en el transcurso del corriente año se ha otorgado mediante Resolución Nº 236/2022, obrante de fojas 227 a 228, un subsidio por $86.633,52 en 2 cuotas de $43.316.76 a la Sociedad de Fomento Gral. Cerri, a fin de afrontar el costo de los servicios basicos que permiten el normal funcionamiento de la institución, y que los mismos han aumentando considerablemente, no siendo suficiente lo percibido, según lo informado a fojas 244 por el presidente de la Socidad de fomento.
Que como requisito ineludible para el cobro del presente subsidio, la entidad receptora del mismo, deberá haber realizado la presentación de la rendición de cuentas correspondiente al subsidio otorgado en resolución 236/2022, ante Contaduría General de la Municipalidad de Bahía Blanca y estar inscriptos ante el Registro de Beneficiarios y Poderes en la Tesorería General de esta Comuna.
Teniendo en cuenta la imputación de Contaduría General y Subdirección de Presupuesto y Planificación a fojas 247 vuelta, y habiendo realizado un exhaustivo análisis de la situación , el INTENDENTE MUNICIPAL DE BAHIA BLANCA, en uso de sus facultades,
- RESUELVE -
ARTICULO 1º)- Otórguese un subsidio a la Sociedad de Fomento de Gral. Cerri, C.U.I.T: 30-68804084-8, en cuya sede funcionan el Centro de Vacunación de Cerri dependiente de este Municipio, que como requisito hayan cumplimentado la presentación de rendición de cuentas del subsidio otorgado por Resolución 236/2022, obrante a fs. 227 y 228 del presente expediente, con el destino de afrontar el pago de servicios públicos y demás gastos inherentes al funcionamiento y mantenimiento del mencionado servicio de salud durante el año 2022, según el siguiente detalle:
Proveedor | Dependencia | CUIT | Total a pagar |
699 | Sociedad de Fomento Cerri | 30-68804084-8 | $25.000 |
ARTICULO 2º) - Notifíquese a la entidad beneficiaria que, una vez utilizado los fondos deberá rendir cuentas ante el Departamento Contaduría General, en los términos de lo establecido en los Artículos 131º y 132º del Reglamento de Contabilidad y cumplimentando el Balance de Inversión, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 52º de las Disposiciones anexas al Decreto 2980/00- RAFAM
ARTICULO 3º)- Encomendar a la Secretaria de Salud el seguimiento del trámite de rendición de fondos por parte de la entidad beneficiaria dispuesto en el artículo 2º del presente acto administrativo.
ARTICULO 4º)- El presente gasto deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110107000, Cat. Prog. 72.00.00, Gasto 5170.-
ARTICULO 5º)- Refrende la presente resolución el Señor Secretario de Gobierno
ARTICULO 6º)- Cúmplase, notifíquese, tome nota Departamento Contaduría General, dése al R.O. y RESÉRVESE.-