Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 542
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 15/12/2022
VISTO el artículo 1° de la ley 14.656 (Régimen Marco de Empleo Municipal) y el artículo 30° del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales de Bahía Blanca aprobado por Ordenanza 18601 y,
Considerando que siguen vigentes las necesidades de servicio que oportunamente fundamentaron la prolongación de la jornada horaria semanal de agentes de planta permanente de la dependencia solicitante, siendo necesario proceder a prorrogar la misma.
Que el presente acto administrativo culmina un proceso desarrollado íntegramente en forma digital, conforme a lo establecido en el Decreto N° 1209/2016 (Sistema de Gestión de Documentos Electrónicos) y el Decreto N° 1354/2016 (Sub-Módulo Renovación de Ampliaciones Horarias) y su Anexo II, en el que intervinieron la dependencia solicitante, la Subdirección de Capital Humano, la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General.
Por lo expuesto precedentemente el Sr. INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades;
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1º) - Prorrógase a partir del 1 de enero y hasta el 31 de diciembre del 2023 la ampliación de la jornada horaria a treinta y cinco (35) horas semanales, de cada uno de las/los agentes de la Secretaria de Salud que se detallan en el Anexo I que forma parte de la presente resolución.
ARTICULO 2º) - Prorrógase a partir del 1 de enero y hasta el 31 de diciembre del 2023 la ampliación de la jornada horaria a treinta y seis (36) horas semanales, de cada uno de las/los agentes de la Secretaria de Salud que se detallan en el Anexo II que forma parte de la presente resolución.
ARTICULO 3º) - Prorrógase a partir del 1 de enero y hasta el 31 de diciembre del 2023 la ampliación de la jornada horaria a cuarenta (40) horas semanales, de cada uno de las/los agentes de la Secretaria de Salud que se detallan en el Anexo III que forma parte de la presente resolución.
ARTICULO 4º) - Prorrógase a partir del 1 de enero y hasta el 31 de diciembre del 2023 la ampliación de la jornada horaria a cuarenta y cuatro (44) horas semanales, de cada uno de las/los agentes de la Secretaria de Salud que se detallan en el Anexo IV que forma parte de la presente resolución.
ARTICULO 5º) - Prorrógase a partir del 1 de enero y hasta el 31 de diciembre del 2023 la ampliación de la jornada horaria a cuarenta y ocho (48) horas semanales, de cada uno de las/los agentes de la Secretaria de Salud que se detallan en el Anexo V que forma parte de la presente resolución.
ARTICULO 6º) - Déjase constancia que las ampliaciones horarias otorgadas en los artículos precedentes, responden estrictamente a razones de servicio de la SECRETARIA DE SALUD
ARTICULO 7º) - Déjase constancia que vencido el período dispuesto para las ampliaciones horarias y en caso de que persistan las necesidades que motivan las mismas, se efectuará una nueva evaluación, previo informe del Jefe del área sobre el desempeño de los agentes.
ARTICULO 8º) - Hágase saber a cada una de las dependencias involucradas que deberán informar debidamente al Departamento Administración del Personal la modalidad de cumpliento de la jornada prolongada de los agentes mencionados anteriormente.
ARTICULO 9º) - El gasto dispuesto en los artículos precedentes deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110107000, Actividad Programática 01.01.00, Gasto 1.1.1.2, 1.1.1.3, 1.1.1.4, 1.1.1.5, 1.1.1.6, 1.1.1.8, .
ARTICULO 10º) - Cúmplase, notifíquese, tomen nota Departamento Administración de Personal, Subdirección de Presupuesto, Contaduría General, Dirección General de Capital Humano, y la totalidad de las dependencias de la Secretaria de Salud, dése al R.O., cumplido: ARCHIVESE.-