Boletines/General Pueyrredon

Decreto Nº3005/22

Decreto Nº 3005/22

General Pueyrredon, 26/12/2022

Visto

el expediente municipal Nº 4630-9-2020 Cpo. 1, Anexo 76, Cpo. 1 donde tramita el recupero de los Fondos que fueron entregados a través del Fondo Especial Municipal para la Reactivación Cultural y Turística, regulado conforme Decreto N° 558/21, al señor RUBÉN ECHEGARAY, DNI: 23.479.328, del establecimiento “Faubourg Sentimental”, y 

Considerando

Que de acuerdo al Decreto Provincial N° 644/2020, se creo el citado Fondo, conformado con recursos de Rentas Generales de la Provincia, Aportes del Tesoro Nacional y/o cualquier otra fuente que al efecto determine el Ministerio de Hacienda y Finanzas, en virtud de lo establecido en el articulo 2°.

 

Que por Resolución N° 453/2020 del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica se creo el Catalogo de Establecimientos Turísticos y Culturales de la Provincia de Buenos Aires cuyo fin consiste en recabar la información necesaria para la creación de un mapa que permita visualizar la composición y distribución del entramado turístico – cultural bonaerense, y formular políticas adecuadas, en el marco de la emergencia productiva y sanitaria declaradas en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, y de este modo asistir de manera eficiente a las problemáticas identificadas, con el objetivo de fomentar el mantenimiento y la generación de empleo.

 

Que por RESO-2020-745-GDEBA-MPCEITGP, ANEXO I, de fecha 29/12/2020, se aprobó la adhesión del Municipio de General Pueyrredón a la “Segunda edición del Fondo Especial Municipal para la Reactivación Cultural y Turística”.

 

Que habiendo aportado el Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica de la Provincia de Buenos Aires, la suma de PESOS TRECE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE ($13.681.497.-), y habiendo hecho la distribución de forma equitativa entre los espacios inscriptos y convalidados en el “Catalogo de Establecimientos Turísticos y Culturales de la Provincia de Buenos Aires”, se le ha otorgado al señor RUBÉN ECHEGARAY, DNI: 23.479.328 del establecimiento “Faubourg Sentimental” la suma de PESOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE ($54.739.-).

 

Que mediante Decreto Nº558/21 se autorizó el pago de aportes no reintegrables a los establecimientos y espacios culturales que se detallan en el Anexo I que forma parte del mismo. Asimismo, se encuentra glosado a fs.8 la Orden de pago y Recibo , a fs.9 a 13 el listado de retiro de comprobantes.

 

Que a fs.15 obra Cédula dirigida a l beneficiario, señor RUBÉN ECHEGARAY, DNI: 23.479.328 solicitándose la presentación de la documentación respaldatoria que avale el monto oportunamente entregado, bajo apercibimiento de pedir se reintegre dicha suma.

 

Que a fojas 16 a 31, el beneficiario presentó la rendición de cuentas con documentación respaldatoria.

 

Que a fs. 20 obra informe del Departamento de Rendición de Cuentas de la Contaduría General por el cual se rechaza el comprobante presentado por el establecimiento beneficiario, quedando como saldo a cubrir por la misma la suma de PESOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE ($54.739.-) y a fojas 22 a 24 se notifica al señor RUBÉN ECHEGARAY  informando que existen problemas en la rendición de cuentas presentada.

 

Que a fs. 25 a 28 el beneficiario presentó nuevamente la rendición de cuentas con documentación respaldatoria.

 

Que a fs. 29 vuelve a expedirse el Departamento de Rendición de Cuentas de la Contaduría General, rechazando la documentación presentada por el establecimiento beneficiario, quedando el mismo saldo mencionado por cubrir.

 

Que a fs. 31 la Contaduría General remite las actuaciones a la Dirección General Legal y Técnica  indicando que: “… habiendo culminado esta dependencia con todas las instancias administrativas necesarias en relación a los reclamos realizados al beneficiario para la presentación de la misma, se remiten las actuaciones para iniciar las acciones legales resarcitorias que correspondan.”.

 

Que a fs. 32 obra Carta Documento enviada intimando al beneficiario en plazo perentorio de cinco días se produzca la rendición de cuentas debidamente documentada, bajo apercibimiento de iniciar las acciones legales correspondientes.

 

Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL

 

D E C R E T A

 

ARTÍCULO 1º.- Rechácese la presentación de rendición de cuentas efectuada por el señor RUBÉN ECHEGARAY, CUIT 20-23479328-5, en virtud de lo expuesto en el exordio del presente.

 

ARTÍCULO 2°.- Autorizase a la Dirección de Asuntos Judiciales dependiente de la Subsecretaria Legal, Técnica y Administrativa, a iniciar las acciones judiciales pertinentes, vinculadas a la rendición de cuentas del monto entregado o el reintegro del monto otorgado actualizado a la fecha del deposito según Decreto Municipal Nº 558/2021.

 

ARTÍCULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Cultura.

 

ARTÍCULO 4°.- Regístrese, dese al Boletín Municipal, comuníquese y notifíquese por medio del Departamento Rendición de Cuentas de la Contaduría General y dese intervención a la Dirección de Asuntos Judiciales dependiente de la Subsecretaría Legal, Técnica y  Administrativa.

 

                                                                               

                                               BALMACEDA       MONTENEGRO