Boletines/Tandil
Decreto Nº 343/2023
Tandil, 23/01/2023
Visto
El expediente EX-2022-00191851-MUNITAN-DPAT#SLT por el que tramita la Licitación Privada n° 61-02-22 “Cobertura de seguro para el Parque Automotor, maquinarias y tractores del 01/02/23 al 01-02-24”, y.
Considerando
Que del acta de apertura de propuestas de la referida licitación surge que cotizaron cuatro (4) compañías aseguradoras, siendo las propuestas las siguientes:
Contado 10 cuotas
Provincia Seguros S.A. $11.491.463.- $12.312.023.-
Federación Patronal Seguros S.A. $11.665.216,38.- $14.792.761,62.-
La Segunda Coop. Limitada de Seguros generales: $18.125.720,26.- $20.452.063,89.-
Nación Seguros S.A. $18.573.565,70.- $22.288.242,80.-
Que analizadas las propuestas, la Dirección de Patrimonio sugiere adjudicar la referida Licitación Privada a la firma Provincia Seguros S.A, en la modalidad pago en 10 (diez) cuotas por ser la propuesta más conveniente en función de la cobertura ofrecida y el costo total ($12.312.023.-).
Que conforme a la Resolución nº 850-MGGP-2022 y su ANEXO, del Ministerio de Gobierno de la Pcia. de Buenos Aires, por la cual se actualizan los valores a que hacen referencia los arts. 133, 138, 145, 151, 152, 159, 191 y 223 de la Ley Orgánica Municipal, el límite máximo para el procedimiento de Licitación Privada asciende a la suma de $14.065.331 para Adquisiciones y Otras Contrataciones (art. 151 LOM).
Que consecuentemente, la oferta que se recomienda adjudicar se encuentra comprendida dentro de los límites reglamentarios para este tipo de procedimientos.
Que es necesario el dictado de este acto administrativo.-
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL INTERINO DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Adjudicase la Licitación Privada n°61-02-22 “Cobertura de seguro para el Parque Automotor, maquinarias y tractores del 01/02/23 al 01/02/24 a la firma Provincia Seguros S.A., CUIT 30-52750816-5, por la suma total de pesos doce millones trescientos doce mil veintitrés con 00/100 ($12.312.023.-) a pagar en 10 cuotas mensuales por pago anticipado.
Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Legal y Técnica
Artículo 3º: Regístrese, comuníquese, dese al “Boletín Oficial” y archívese. Tome nota Dirección de Patrimonio, Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Compras y Suministros, Contaduría General, Dirección de Presupuesto, y oportunamente archívese.
Firma Digital: Andrés Curcio (Secretario) - Juan Pablo Frolik (Intendente Interino)
Secretaría Legal y Técnica - Intendencia