Boletines/Tandil
Decreto Nº 339/2023
Tandil, 23/01/2023
Visto
La habilitación del Geriátrico perteneciente al Hospital “Enrique Rodríguez Larreta” del Sistema Integrado de Salud Pública, por parte de Fiscalización Sanitaria de la Provincia de Buenos Aires y su posterior convenio con el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP- PAMI).
Que resulta necesaria la designación de personal de Servicio – Mucama para el correcto funcionamiento del mismo.
Considerando
La solicitud de designación como personal de Servicio – Mucama de la señora María Estela Mareco Vera – DNI 95.307.142, efectuada por el Director del Hospital “Enrique Rodríguez Larreta”.
Que han informado al respecto la Jefa del Departamento de Recursos Humanos y la Jefa a cargo del Departamento de Contaduría del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.
Que el cargo fue previsto presupuestariamente para el año en curso.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL INTERINO DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Desígnase a la señora María Estela Mareco Vera – DNI 95.307.142, como personal de Servicio – Mucama, en la planta temporaria de personal del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, en carácter de mensualizado, categoría 1 – 48 horas semanales, con cumplimiento de tareas en el Geriátrico del Hospital “Enrique Rodríguez Larreta”, a partir del 1° de enero de 2023, por el término de seis (6) meses, ad referéndum de los exámenes preocupacionales.
Artículo 2°: Se deja establecido que María Estela Mareco Vera realizará tareas designadas para garantizar el confort y buen cuidado de las personas usuarias del Geriátrico, en los horarios y días que resulten necesarios según lo solicite el Director Médico del Hospital “Enrique Rodríguez Larreta”.
Artículo 3°: La erogación que ello implique deberá imputarse a la Jurisdicción 1120000002 - Sistema Integrado de Salud Pública, Apertura Programática 20.00.00 - Hospital Enrique Larreta de Vela, Fuente de Financiamiento 110 – Tesoro Municipal , 1.0,0.0 - Gastos en Personal, 1.2.0.0 - Personal Temporario, 1.2.1.0 – Retribuciones del Cargo, 1.2.1.1 Personal Provisional, 1.2.2.0 Retribuciones que no hacen al cargo, 1.2.2.2 Por Extensión Horaria, 1.2.2.3 Liquidación Obra Social, del presupuesto de gastos en vigencia.
Artículo 4°: El presente decreto será refrendado por el Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.
Artículo 5°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Presidencia, Vicepresidencia y Dirección General Administrativa del SISP Ente Descentralizado, Dirección del Hospital “Enrique Rodríguez Larreta”, Departamentos de Recursos Humanos y Contaduría del Ente, y oportunamente archívese.
Firma Digital: Matías Tringler (Presidente) - Juan Pablo Frolik (Intendente Interino)
Presidencia del Sistema Integrado de Salud - Intendencia