Boletines/Balcarce

Decreto Nº2894/17

Decreto Nº 2894/17

Balcarce, 08/11/2017

Visto

La renuncia de la agente CASTAÑO, Elba Ester- Legajo N° 1742, para acogerse a los beneficios jubilatorios.  Y,

Considerando

Que desde la Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios  Públicos,  dependencia donde prestaba servicios la citada agente, se ha solicitado la necesidad de designar personal en su reemplazo, atento ello a la requisitoria operativa existente.

Que tal pedido es totalmente viable, a fin de no afectar el normal desenvolvimiento de la mencionada área.

Que el Personal a designar, lo hará en la planta de PERSONAL TEMPORARIO MENSUALIZADO debiendo reunir el perfil técnico 1 profesional inherente y requerido  al área.

Que  la  Dirección  de  RRHH.,  ha  sido  informada  de  la  persona  que  reuniendo  las condiciones  referidas será designada.

EL SEÑOR INTENDENTE  MUNICIPAL  DEL PARTIDO  DE BALCARCE,  en uso  de  las  atribuciones  que  le  confiere  la  Ley  Orgánica  de  las  Municipalidades  y  sus modificatorias.

ARTICULO 1°: Designase, a partir del día 1o de noviembre de 2017 y hasta el día 31 de diciembre del corriente año en curso inclusive, al  agente LARRIPA, Marcelo Osear - Legajo     N° 2264, quien revestirá en la planta de PERSONAL TEMPORARIO MENSUALIZADO, con una carga horaria de TREINTA Y NUEVE (39) horas semanales y una remuneración total, bruta y mensual de PESOS QUINCE MIL SETECIENTOS VEINTICINCO($ 15.725, 00.--); equivalente al sueldo básico de Obrero Clase Ingresante debiendo preverse la sumatoria del Presentismo.

ARTÍCULO 2°: La partida presupuestaria dependiente de la Administración Central, que se verá afectada por la designación indicada en el ARTÍCULO  1°, es la siguiente:

1110104000.- Secretaría de Obras y Servicios Públicos

27.- Reconstrucción, Mantenimiento y Conservación de Caminos Urbanas

ARTICULO 3°: Dejase constancia que la designación del PERSONAL TEMPORARIO MENSUALIZADO  citado a través  del ARTICULO  1°, podrá  quedar  sin efecto antes de la  fecha de extinción, en caso de considerarse que sus servicios no sean necesarios por contar con la dotación de personal suficiente, razones de servicio, orden, merito y conveniencia de la Administración Central que así lo ameriten.

ARTICULO 4°: Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, Tomen Razón a sus Efectos las Secretarías y Direcciones Municipales, Contaduría, Tesorería, Dirección de RRHH., Interesado/s  y Dese al Registro Oficial.