Boletines/Balcarce
Decreto Nº 2874/17
Balcarce, 07/11/2017
El Expediente Nro 2605/B/2017 iniciado el 23 de Octubre de 2017 por HECTOR SIXTO LARREA, mediante el cual solicita la baja del Come:rcio Habilitado con el Nº 193 Y
Visto
El Expediente Nro 2605/B/2017 iniciado el 23 de Octubre de 2017 por HECTOR SIXTO LARREA, mediante el cual solicita la baja del Comercio Habilitado con el Nº 193 Y
Considerando
Que a fs. O 1 se encuentra Solicitud del Contribuyente de Cese de Comercio, retroactivo al 15 de Diciembre de 2007
Que a fs 03 se adjunta copia Constancia de Presentación de Cede de IIBB, all5/12/2007
Que según Acta de Inspección N° 10536de fecha 26/10/2017, que se adjunta a fojas 06 puede constatarse que el comercio ha cesado sus actividades
Que la Dirección de Recursos realiza el informe correspondiente, adjunto a fs 15 y 16
Que se considera otorgar lo solicitado al día 26110/2017, fecha de Acta de Inspección, debiendo abonar hasta Bimestre 05/2017, según lo expuesto en la Ordenanza Fiscal 2017, Artículo 214", a saber: "...Los contribuyentes deben comunicar al Municipio la cesación de sus actividades dentro de los diez (1O) días de producida, sin perjuicio del cobro de los gravámenes, accesorios y multas adeudadas. El contribuyente deberá satisfacer la tasa correspondiente hasta la fecha de cese. Cuando la (echa no coincidiera con la finalización del bimestre, se deberá abonar la cuota bimestral correspondiente al período del cese, si la misma supera más de un tercio de dicho bimestre ..."y !o dispuesto según Decreto Municipal N" 1827/2017
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BALCARCE, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades y sus Modificatorias
ARTICULO 1-: Dése la baja definitiva al comercio habilitado bajo el Nº 193 retroactivo al 26/10/2017 cuyo titular es HECTOR SIXTO LARREA
ARTICULO 2-: Por la Oficina de División, Liquidación y Emisión de Tasas, dése de baja a la deuda correspondiente a Tasa por Seguridad e Higiene que sean posteriores al cese.
ARTICULO 3-: Por la Dirección de Fiscalización procédase al cobro de la deuda por Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene que registra la Cuenta Nº 193
ARTICULO 4-: Cúmplase, Comuníquese, tomen razón a sus efectos la Secretaría de Hacienda, Dirección de Recursos, Dirección de Fiscalización, División, Liquidación y Emisión de Tasas, Interesados y dése copia al Registro Oficial de Decretos.