Boletines/General Pueyrredon

Decreto Nº2834/22

Decreto Nº 2834/22

General Pueyrredon, 06/12/2022

Visto

el Expte. 4138-8-2022 C.1 por el cual se tramita el reclamo efectuado por la docente SILVIA BEATRIZ BUSTOS, Legajo Nº 20808, DNI Nº 18.053.968, por la no percepción del “Bono Extraordinario No remunerativo No Bonificable Diciembre 2021” para los/las trabajadores/as activos/as de la Administración Pública Provincial, y

 

Considerando

Que el Instructivo para la liquidación del Bono Extraordinario elaborado por el Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia de Buenos Aires de fecha 23 de diciembre de 2021 establece que dentro del personal alcanzado se encuentra el personal docente (Ley 10.579), en las condiciones que se estipulan en el apartado 7 de dicho instructivo.

 

Que el referido instructivo incluye consideraciones particulares para el caso de establecimientos educativos de gestión privada y cargos subvencionados, como es el caso de los establecimientos municipales, fijando entre otras consideraciones que el Bono será percibido por los docentes en proporción a la subvención o  aporte estatal acordado.

 

            Que el Decreto 0166/22 acredita que la Secretaría de Educación ha realizado el control e identificado los casos entre los cuales correspondía distribuir el bono otorgado por la Provincia de Buenos Aires, conforme  los extremos previstos en el referido Instructivo.

 

Que la docente SILVIA BEATRIZ BUSTOS se desempeña como profesora en distintos establecimientos del Sistema Educativo Municipal, con 2 módulos en la Escuela Municipal de Enseñanza Secundaria (EMES) Nº 217 – DIEGEP Nº 8642; 2 módulos en EMES Nº 209 – DIEGEP Nº 6916; 4 módulos en EMES Nº 202 – DIEGEP Nº 6921; 2 módulos en EMES Nº 208 – DIEGEP Nº 6927 y 4 módulos en la Escuela Municipal de Arte Dramático (EMAD) – DIEGEP Nº 7370.

 

Que los módulos que la docente ejerce en las Escuelas Nº 202 y 217 no se encuentran subvencionados por la Provincia de Buenos Aires. Asimismo, la EMAD, al igual que todos los establecimientos de Nivel Superior, no recibe aporte estatal alguno para los docentes. Por tal razón la agente no fue incluida en las Planillas Mecanizadas de sueldos de Diciembre 2021 y por ende, tampoco fue incluida en la del Bono Extraordinario.

 

 

Que asimismo, desde el 02 de marzo de 2020, la docente se encuentra con sus módulos comisionados, cumpliendo funciones en el Tribunal de Clasificación como representante de la Secretaría de Educación en la Modalidad Psicología Comunitaria y Pedagogía Social, según Resolución Nº 454/20 (fojas 4 y 5).

 

Que este tipo de Licencia no se encuentra contemplada dentro de las autorizadas por la Dirección de Educación de Gestión Privada (Di.E.Ge.P.), por tal razón la docente fue incluida en las Planillas Mecanizadas de sueldos de Diciembre Sin Haberes y por ende, tampoco fue incluida en la Mecanizada del Bono Extraordinario (fojas 16 y 17).

 

Que por lo expuesto, la docente SILVIA BEATRIZ BUSTOS no está encuadrada en el punto 7 inciso b) del Instructivo emanado de la Dirección General de Cultura y Educación para la liquidación del Bono Extraordinario para los/as trabajadores/trabajadoras activos/as de la Administración Pública Provincial.

 

Que se ha verificado que el Municipio no ha recibido fondos para todos los cargos mencionados ut supra.

 

Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

 

D E C R E T A

ARTICULO 1º.- Recházase el Reclamo interpuesto por la docente SILVIA BEATRIZ  BUSTOS – DNI 18.053.968 – Legajo Nº 20808/64-65-66-74-82, por los motivos expuestos en el exordio del presente.

 

ARTICULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor SECRETARIO DE EDUCACIÓN y por el señor SECRETARIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA.

 

ARTICULO 3º.- Regístrese, dese al Boletín Municipal, y comuníquese por la Secretaría de Educación.

            PUGLISI                               BLANCO                   MONTENEGRO