Boletines/General Villegas

Ordenanza Nº6413/22

Ordenanza Nº 6413/22

General Villegas, 20/12/2022

VISTO:

El Expediente Nº 6702/15, iniciado por la señora Mara Julieta Muriño, D.N.I N° 27.441.530, solicitando una constancia de adjudicación del terreno identificado catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Manzana 55f, Parcela 2 de la ciudad de General Villegas a su nombre y de Mario Ceferino Pinardi, D.N.I N° 27.851.227; y

 

CONSIDERANDO:

Que con fecha 20 de julio 2018, se adjunta nota del señor Pinardi donde comunica la renuncia a los derechos que le corresponden sobre el bien y la cesión de los mismos a la señora Muriño, quien asimismo, solicita la escrituración del inmueble a su nombre.

Que el Coordinador del Departamento de Catastro interviene a fojas 8, informando los datos catastrales del inmueble y que por Ordenanza N° 4152/05 ha sido adjudicado a los señores Mara Julieta Muriño y Mario Ceferino Pinardi.

Que de fojas 9 a 28, interviene la Dirección de Rentas informando que el inmueble origen de estas actuaciones registra deuda.

Que el Artículo 69° de la Ordenanza Fiscal dispone que “La Municipalidad no dará curso a ninguna petición si el contribuyente o responsable no acredita estar al día con sus obligaciones fiscales”

Que a fojas 37 se adjunta CD N° 179372865, mediante la cual se intima a la señora Muriño para que en un plazo perentorio e improrrogable de diez (10) días, cancele la totalidad de la deuda, bajo apercibimiento de proceder al archivo de dichas actuaciones.

Que a fojas 38, se adjunta copia del comprobante de pago por un monto de Pesos sesenta y ocho mil quinientos trece con 83/100 ($ 68.513,83.-), mediante cual se acredita que se canceló la totalidad de la deuda existente respecto del inmueble objeto de autos.

Que con fecha 30 de noviembre de 2022, la Dirección de Asuntos Jurídicos interviene sugiriendo se eleven las presentes actuaciones al Departamento Deliberativo a fin de adjudicar el inmueble mencionado a la señora Mara Julieta Muriño.

Que corresponde dar intervención al Departamento Deliberativo.

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Acéptese la renuncia efectuada por el señor Mario Ceferino Pinardi, DNI Nº 27.851.227 sobre todo derecho y acción que le corresponde sobre el inmueble identificado catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Manzana 55f, Parcela 2, ubicado en la ciudad de General Villegas, registrándose como única adjudicataria a la señora Mara Julieta Muriño D.N.I N° 27.441.530.

 

ARTÍCULO 2º: Declárase el Interés Social de la presente adjudicación.

ARTÍCULO 3º: El inmueble deberá ser destinado para vivienda única, familiar y de ocupación permanente.

ARTÍCULO 4º: La presente adjudicación es intransferible por el término de

10 años contados a partir de la promulgación de la presente. La Municipalidad reconocerá como legítima beneficiaria a la señora MARA JULIETA MURIÑO, DNI Nº 27.441.530, siendo la única con derecho a obtener la escritura traslativa de dominio.

ARTÍCULO 5º: Los gastos que irrogue esta transferencia, serán por cuenta exclusiva de la adjudicataria.

ARTÍCULO 6º: A partir de la promulgación de la presente ordenanza, la beneficiaria deberá hacerse cargo del pago de tasas e impuestos que se generen.

ARTÍCULO 7º: En caso de incumplimiento de alguna de las obligaciones dispuesta en la presente ordenanza, será facultad del Departamento Ejecutivo proceder a la desadjudicación por solo informe de la oficina competente.

ARTÍCULO 8º: Déjese establecido que, ante la posibilidad de renuncia al inmueble por parte de la adjudicataria, queda expresamente dispuesto que la misma asume la obligación de comunicar al Municipio tal situación en forma inmediata, quien resolverá el destino del inmueble.

ARTÍCULO 9°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial de Ordenanzas, cúmplase y archívese.